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Lo que hace totalitarios a los regímenes democráticos, según san Juan Pablo II

DISCURSO DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ACADEMIA PONTIFICIA PARA LA VIDA

Miércoles 27 de febrero de 2002

  1. Una vez más se renueva nuestro encuentro, queridos e ilustres miembros de la Academia pontificia para la vida, un encuentro que siempre constituye para mí motivo de alegría y de esperanza.

Dirijo mi saludo con viva cordialidad a cada uno personalmente. Doy las gracias, en particular, al presidente, profesor Juan de Dios Vial Correa, por las amables palabras con las que ha querido hacerse intérprete de vuestros sentimientos. Dirijo un saludo especial también al vicepresidente, monseñor Elio Sgreccia, animador solícito de la actividad de la Academia pontificia.

2. Estáis celebrando durante estos días vuestra VIII asamblea general, y, con este fin, habéis acudido aquí en gran número desde vuestros países respectivos, para afrontar una temática fundamental en el ámbito de la reflexión más general sobre la dignidad de la vida humana:  "Naturaleza y dignidad de la persona humana como fundamento del derecho a la vida. Los desafíos del contexto cultural contemporáneo".

Habéis elegido tratar uno de los puntos esenciales que constituyen el fundamento de toda reflexión ulterior, tanto de tipo ético-aplicativo en el campo de la bioética como de tipo sociocultural para la promoción de una nueva mentalidad en favor de la vida.

Para muchos pensadores contemporáneos los conceptos de "naturaleza" y de "ley natural" sólo se pueden aplicar al mundo físico y biológico o, en cuanto expresión del orden del cosmos, a la investigación científica y a la ecología. Por desgracia, desde  esa  perspectiva  resulta difícil captar el significado de la naturaleza humana en sentido metafísico, así como el de ley natural en el orden moral.

Ciertamente, la pérdida casi total del concepto de creación, concepto que se puede referir a toda la realidad cósmica, pero que reviste un significado particular en relación con el hombre, ha contribuido a hacer más difícil ese paso hacia la profundidad de lo real
. También ha influido en ello el debilitamiento de la confianza en la razón, que caracteriza a gran parte de la filosofía contemporánea, como afirmé en la encíclica Fides et ratio (cf. n. 61).

Por tanto, hace falta un renovado esfuerzo cognoscitivo para volver a captar en sus raíces, y en todo su alcance, el significado antropológico y ético de la ley natural y del relativo concepto de derecho natural. En efecto, se trata de demostrar si es posible, y cómo, "reconocer" los rasgos propios de todo ser humano, en términos de naturaleza y dignidad, como fundamento del derecho a la vida, en sus múltiples formulaciones históricas. Sólo sobre esta base es posible un verdadero diálogo y una auténtica colaboración entre creyentes y no creyentes.

3. La experiencia diaria muestra la existencia de una realidad de fondo común a todos los seres humanos, gracias a la cual pueden reconocerse como tales. Es necesario hacer referencia siempre a "la naturaleza propia y originaria del hombre, a la naturaleza de la persona humana, que es la persona misma en la unidad de alma y cuerpo; en la unidad de sus inclinaciones de orden espiritual y biológico, así como de todas las demás características específicas, necesarias para alcanzar su fin" (Veritatis splendor, 50; cf. también Gaudium et spes, 14).

Esta naturaleza peculiar funda los derechos de todo individuo humano, que tiene dignidad de persona desde el momento de su concepción. Esta dignidad objetiva, que tiene su origen en Dios creador, se basa en la espiritualidad que es propia del alma, pero se extiende también a su corporeidad, que es uno de sus componentes esenciales. Nadie puede quitarla, más aún, todos la deben respetar en sí y en los demás. Es una dignidad igual en todos, y permanece intacta en cada estadio de la vida humana individual.

El reconocimiento de esta dignidad natural es la base del orden social, como nos recuerda el concilio Vaticano II:  "Aunque existen diferencias justas entre los hombres, la igual dignidad de las personas exige que se llegue a una situación de vida más humana y más justa" (Gaudium et spes, 29).

La persona humana, con su razón, es capaz de reconocer tanto esta dignidad profunda y objetiva de su ser como las exigencias éticas que derivan de ella. En otras palabras, el hombre puede leer en sí el valor y las exigencias morales de su dignidad. Y esta lectura constituye un descubrimiento siempre perfectible, según las coordenadas de la "historicidad" típicas del conocimiento humano.

Es lo que afirmé en la encíclica Veritatis splendor, a propósito de la ley moral natural, que, según las palabras de santo Tomás de Aquino, "no es otra cosa que la luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios. Gracias a ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Dios ha donado esta luz y esta ley en la creación" (n. 40; cf. también Catecismo de la Iglesia católica, nn. 1954-1955).

4. Es importante ayudar a nuestros contemporáneos a comprender el valor positivo y humanizador de la ley moral natural, aclarando una serie de malentendidos e interpretaciones falaces.

El primer equívoco que conviene eliminar es "el presunto conflicto entre libertad y naturaleza", que "repercute también sobre la interpretación de algunos aspectos específicos de la ley natural, principalmente sobre su universalidad e inmutabilidad" (Veritatis splendor, 51). En efecto, también la libertad pertenece a la naturaleza racional del hombre, y puede y debe ser guiada por la razón:  "Precisamente gracias a esta verdad, la ley natural implica la universalidad. En cuanto inscrita en la naturaleza racional de la persona, se impone a todo ser dotado de razón y que vive en la historia" (ib.).

5. Otro punto que hace falta aclarar es el presunto carácter estático y determinista atribuido a la noción de ley moral natural, sugerido quizá por una analogía errónea con el concepto de naturaleza propio de las realidades físicas. En verdad, el carácter de universalidad y obligatoriedad moral estimula y urge el crecimiento de la persona. "Para perfeccionarse en su orden específico, la persona debe realizar el bien y evitar el mal, preservar la transmisión y la conservación de la vida, mejorar y desarrollar las riquezas del mundo sensible, cultivar la vida social, buscar la verdad, practicar el bien y contemplar la belleza" (ib.; cf. santo Tomás, Suma teológica, I-II, q. 94, a. 2).

De hecho, el magisterio de la Iglesia se refiere a la universalidad y al carácter dinámico y perfectivo de la ley natural con relación a la transmisión de la vida, tanto para mantener en el acto procreador la plenitud de la unión esponsal como para conservar en el amor conyugal la apertura a la vida (cf. Humanae vitae, 10; Donum vitae, II, 1-8). Análoga referencia hace el Magisterio cuando se trata del respeto a la vida humana inocente:  aquí el pensamiento va al aborto, a la eutanasia y a la supresión y experimentación que destruye los embriones y los fetos humanos (cf. Evangelium vitae, 52-67).

6. La ley natural, en cuanto regula las relaciones interhumanas, se califica como "derecho natural" y, como tal, exige el respeto integral de la dignidad de cada persona en la búsqueda del bien común. Una concepción auténtica del derecho natural, entendido como tutela de la eminente e inalienable dignidad de todo ser humano, es garantía de igualdad y da contenido verdadero a los "derechos del hombre", que constituyen el fundamento de las Declaraciones internacionales.

En efecto, los derechos del hombre deben referirse a lo que el hombre es por naturaleza y en virtud de su dignidad, y no a las expresiones de opciones subjetivas propias de los que gozan del poder de participar en la vida social o de los que obtienen el consenso de la mayoría. En la encíclica Evangelium vitae denuncié el grave peligro de que esta falsa interpretación de los derechos del hombre, como derechos de la subjetividad individual o colectiva, separada de la referencia a la verdad de la naturaleza humana, puede llevar también a los regímenes democráticos a transformarse en un totalitarismo sustancial (cf. nn. 19-20).

En particular, entre los derechos fundamentales del hombre, la Iglesia católica reivindica para todo ser humano el derecho a la vida como derecho primario. Lo hace en nombre de la verdad del hombre y en defensa de su libertad, que no puede subsistir sin el respeto a la vida. La Iglesia afirma el derecho a la vida de todo ser humano inocente y en todo momento de su existencia. La distinción que se sugiere a veces en algunos documentos internacionales entre "ser humano" y "persona humana", para reconocer luego el derecho a la vida y a la integridad física sólo a la persona ya nacida, es una distinción artificial sin fundamento científico ni filosófico:  todo ser humano, desde su concepción y hasta su muerte natural, posee el derecho inviolable a la vida y merece todo el respeto debido a la persona humana (cf. Donum vitae, 1).

7. Queridos hermanos, como conclusión, deseo estimular vuestra reflexión sobre la ley moral natural y sobre el derecho natural, con el deseo de que brote de ella un nuevo y fuerte impulso de instauración del verdadero bien del hombre y de un orden social justo y pacífico. Volviendo siempre a las raíces profundas de la dignidad humana y de su verdadero bien, y basándose en lo que existe de imperecedero y esencial en el hombre, se puede entablar un diálogo fecundo con los hombres de cada cultura, con vistas a una sociedad inspirada en los valores de la justicia y la fraternidad.

Agradeciéndoos una vez más vuestra colaboración, encomiendo las actividades de la Academia pontificia para la vida a la Madre de Jesús, el Verbo hecho carne en su seno virginal, a fin de que os acompañe en el compromiso que la Iglesia os ha confiado para la defensa y la promoción del don de la vida y de la dignidad de todo ser humano.

Con este deseo, os imparto a vosotros y a vuestros seres queridos mi afectuosa bendición.

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