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Los varones con tendencias homosexuales están excluidos de la ordenación sagrada desde 2002 y de la admisión al seminario desde 2005

Congregación para la Educación Católica, 2005

2 «La Iglesia, respetando profundamente a las personas en cuestión, no puede admitir al Seminario y a las Órdenes Sagradas a quienes practican la homosexualidad, presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas o sostienen la así llamada cultura gay» (Congregación para la Educación Católica, Instrucción sobre los criterios de discernimiento vocacional en relación con las personas de tendencias homosexuales antes de su admisión al seminario y a las órdenes sagradas, n. 2, 4-11-2005).

3 Dos son los aspectos inseparables en toda vocación sacerdotal: el don gratuito de Dios y la libertad responsable del hombre. La vocación es un don de la gracia divina, recibido a través de la Iglesia, en la Iglesia y para el servicio de la Iglesia. Respondiendo a la llamada de Dios, el hombre se ofrece libremente a Él en el amor. El solo deseo de llegar a ser sacerdote no es suficiente y no existe un derecho a recibir la Sagrada Ordenación. Compete a la Iglesia, responsable de establecer los requisitos necesarios para la recepción de los Sacramentos instituidos por Cristo, discernir la idoneidad de quien desea entrar en el Seminario, acompañarlo durante los años de la formación y llamarlo a las Órdenes Sagradas, si lo juzga dotado de las cualidades requeridas. (…)
Sería gravemente deshonesto que el candidato ocultara la propia homosexualidad para acceder, a pesar de todo, a la Ordenación. Disposición tan falta de rectitud no corresponde al espíritu de verdad, de lealtad y de disponibilidad que debe caracterizar la personalidad de quien cree que ha sido llamado a servir a Cristo y a su Iglesia en el ministerio sacerdotal»
(Congregación para la Educación Católica, Instrucción sobre los criterios de discernimiento vocacional en relación con las personas de tendencias homosexuales antes de su admisión al seminario y a las órdenes sagradas, n. 3, 4-11-2005).

Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, 2002

«La ordenación al diaconado o al presbiterado de hombres homosexuales es absolutamente desaconsejable e imprudente y, desde el punto de vista pastoral, muy arriesgada. Una persona homosexual o con tendencia homosexual no es, por lo tanto, idónea para recibir el sacramento del Orden sagrado» (Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Respuesta a la pregunta sobre si es lícito que un Obispo diocesano ordene al sagrado presbiterado a un varón que manifieste propensiones llamadas homosexuales, 16-5-2002).