HISTORIA DE ESPAÑA......INDEX
HISTORIA UNIVERSAL
LA REVOLUCIÓN NORTEAMERICANA
(1775-1783)
Y LA EXPANSIÓN DE ESTADOS
UNIDOS
Guantánamo
Fuente: Wikipedia
La Estación Naval en la Bahía de "Guantánamo" se estableció en 1898, cuando Estados Unidos obtuvo el control de Cuba por parte de España al término de la Guerra hispano-estadounidense, siguiendo con la invasión de la Bahía de Guantánamo en 1898. El gobierno de Estados Unidos obtuvo un arrendamiento perpetuo que comenzó el 23 de febrero de 1903, con la firma por parte de Tomás Estrada Palma, primer presidente de la República de Cuba, del Tratado cubano-estadounidense.
El recién formado protectorado estadounidense incorporó la enmienda Platt en la Constitución cubana. El tratado cubano-estadounidense establecía, entre otras cosas, que Estados Unidos tendría completo control y jurisdicción sobre la bahía de Guantánamo, con propósitos de operar estaciones navales y de embarque, mientras que reconocía que la República de Cuba mantenía su soberanía.
En 1905 hubo un requerimiento de ocupación de Cuba durante 3 años debido en parte a la Enmienda Platt. Un tratado en 1934 reafirmó el derecho de paso a Cuba y sus socios comerciales a través de la bahía, modificando el pago anual de una renta de 2000 dólares en monedas de oro, al valor equivalente en 1934 de 4085 dólares estadounidenses del Tesoro (U.S. Treasury Dollars), y agregó el requerimiento de que la terminación de esta renta requeriría el consentimiento de ambos gobiernos, o el abandono de la propiedad por Estados Unidos.
En 1961, se acaba la relación entre Estados Unidos y Cuba, tras la Revolución Cubana.
En la actualidad la base Gitmo en Guantánamo es la única base estadounidense operativa en un Estado comunista. Desde la llegada al poder de Fidel Castro, solamente ha cobrado una renta del alquiler, mientras que firmemente rechaza cobrar a cualquier otro gobierno, ya que ve esta base como ilegítima. Aunque no existen relaciones diplomáticas entre Estados Unidos y Cuba, Estados Unidos ha accedido mandar de regreso a fugitivos de la ley cubana a autoridades de Cuba, y Cuba por su parte accedió a hacer regresar a Estados Unidos a fugitivos de la ley estadounidense que hayan cometido delitos en Guantánamo.
El control de este territorio cubano nunca ha sido popular entre los cubanos. El gobierno de Cuba ha denunciado constantemente que el artículo 52 de la Convención de Viena de 1969, declara la abolición de un tratado si se concluye que se ha usado la fuerza o intervención, en este caso la inclusión de la Enmienda Platt en la constitución cubana. Estados Unidos exigió a la Convención Constitucional de Cuba que no modificara la enmienda, y se les ordenó a las tropas estadounidenses no abandonar Cuba hasta que los términos fuesen adoptados, como una condición para garantizar independencia de Estados Unidos
El gobierno cubano dejó de proveer el abastecimiento de agua para la base, causando que Estados Unidos importara el agua desde Jamaica y la construcción de plantas de desalinización. En la actualidad la base es autosuficiente y produce su propia agua de consumo y electricidad. Sólo dos cubanos, ambos de edad avanzada, cruzan todavía la Puerta Noreste diariamente para trabajar dentro de la base; pero el gobierno cubano prohíbe más reclutamiento de personal. Cuenta además con centro comercial, 8 bares, restaurantes, estación de bomberos, gasolinera, una capilla, piscina, dos cines al aire libre, un hospital, una casa de cambios, una estación de radio y dos colegios.
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1934, el nuevo Tratado de
Reciprocidad entre Cuba y Estados Unidos sustituye a la Enmienda
Platt
y la cláusula referente a las estaciones navales y carboneras
desde entonces se limita a la Base Naval de
Guantánamo.
El 28 de febrero de 1901, el senador estadounidense Orville H. Platt propone enmendar la Ley de Gastos del Ejército, incluyendo en ésta una claúsula que regulara las relaciones entre el nuevo estado independiente cubano y los Estados Unidos.
Esta enmienda recibe el apoyo del legislativo estadounidense y de la presidencia, tras lo cual el gobernador militar de Cuba entrega la Resolución a la Convención Constituyente.
Los representantes cubanos la reciben sin un ápice de agrado, debido a varias de sus condiciones:
Artículo VI: ...la Isla de Pinos será omitida de los límites de Cuba propuestos por la Constitución, dejándose para un futuro arreglo por Tratado la propiedad de la misma.
Artículo VII: ...para poner en condiciones a los EE.UU. de mantener la independencia de Cuba y proteger al pueblo de la misma, así como para su propia defensa, el Gobierno de Cuba venderá o arrendará a los EE.UU. las tierras necesarias para carboneras o estaciones navales en ciertos puntos determinados que se convendrán con el Presidente de los EE.UU.
Artículo III: ...el Gobierno de Cuba consiente que los Estados Unidos pueden ejercitar el derecho de intervenir para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno adecuado para la protección de vidas, propiedad y libertad individual y para cumplir las obligaciones que, con respecto a Cuba, han sido impuestas a los EE.UU. por el Tratado de París y que deben ahora ser asumidas y cumplidas por el Gobierno de Cuba.
Artículo I: ...el Gobierno de Cuba nunca celebrará con ningún Poder o Poderes extranjeros ningún Tratado u otro convenio que pueda menoscabar o tienda a menoscabar la independencia de Cuba ni en manera alguna autorice o permite a ningún Poder o Poderes extranjeros, obtener por colonización o para propósitos militares o navales, o de otra manera, asiento en o control sobre ninguna porción de dicha Isla.
Artículo II: ...dicho Gobierno no asumirá o contraerá ninguna deuda pública para el pago de cuyos intereses y amortización definitiva después de cubiertos los gastos corrientes del Gobierno, resulten inadecuados los ingresos ordinarios.
Aprobación
El 8 de junio de 1901, el Secretario de Guerra estadounidense proclama que la ley deberá cumplirse tal cual fue aprobada por el legislativo, no estando el Poder Ejecutivo legitimado para modificarla, de tal manera que esta enmienda se convierte en condición de facto para la devolución de la soberanía.
Finalmente, el 12 de junio, la Convención decide incorporar esta enmienda a la constitución, con 16 votos a favor y 11 en contra.
Modificaciones
En 1925 se aprueba en el Senado de Estados Unidos el Tratado Hay-Quesada que recupera para Cuba la soberanía de la Isla de Pinos. Esto sucede durante el gobierno de Alfredo Zayas y éste tiene la osadía de hacer un acto frente al palacio presidencial donde agradecía este gesto tan amable del gobierno de los Estados Unidos, contra el cual protestan Julio Antonio Mella y Rubén Martínez Villena.
Derogación
El día 3 de septiembre de 1934, el nuevo Tratado de Reciprocidad entre Cuba y Estados Unidos sustituye a la Enmienda Platt y al Tratado Hay-Quesada, aunque deja pendiente de solución la cláusula referente a las estaciones navales y carboneras, así que el Tratado desde entonces se limita a la Base Naval de Guantánamo.
En 1903, Cuba le cedió la base de Guantánamo
a USA para permitirle mantener la independencia de Cuba y
su propia defensa. En 1934, otro tratado fijó el precio
del alquiler y la duración indefinida del contrato. El
territorio solo puede volver a Cuba si EE. UU. abandona la base o
si los dos países así lo deciden de común acuerdo. El alquiler
es en 2023 de 3.800 dólares anuales por la completa
jurisdicción y control de un territorio de 117 kilómetros
cuadrados que nunca ha dejado de ser oficialmente Cuba; aunque la
Cuba castrista-comunista lleva seis décadas rehusando cobrar el
cheque.
(Carlos Hernández-Echevarría. La Vanguardia, 21 03 2023)
El Primer Presidente de Cuba, después de la Ocupación militar de los Estados Unidos, don Tomás Estrada Palma, aprobó 3 tratados que permitieron el fortalecimiento de la Enmienda Platt. Estos fueron:
Oposición
Figuras conocidas del panorama intelectual cubano hicieron valer su oposición a la Enmienda Platt: