........INDEX
Del 8 de diciembre de 2023 al 2 de febrero de 2024 se puede conseguir indulgencia plenaria rezando ante a un belén en una iglesia de la familia franciscana
Fuentes: web archimadrid.org del arzobispado de Madrid, Ascen Lardiés, Delegada episcopal de Comunicación de la diócesis de Barbastro-Monzón y Francesca Pollio Fenton ACI Prensa, 27.11.2023
Francesca Pollio Fenton es la responsable de redes sociales de Catholic News Agency. Recibió su licenciatura en Comunicaciones con énfasis en Medios Digitales de la Universidad de Colorado, en Denver (Estados Unidos).
Este año,desde el 8 de diciembre, fiesta solemne de la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María, hasta el 2 de febrero de 2024, fiesta de la presentación del Niño Jesús en el Templo, los católicos que visiten las iglesias franciscanas y se detengan en oración ante los belenes allí montados, pueden obtener indulgencia plenaria, cumpliendo las condiciones para ello establecidas. Los enfermos o físicamente discapacitados, la conseguirán ofreciendo sus sufrimientos al Señor, o realizando prácticas piadosas.
Se conmemora en 2023 el VIII centenario de la aprobación de la Regla bulada de la Orden de los Hermanos Menores o Regla de San Francisco aprobada el 29 de noviembre de 1223 y también se conmemora el VIII centenario de la creación por san Francisco del belén o pesebre en la ciudad de Greccio.
La Conferencia de la Familia Franciscana solicitó el 17.04.2023 al Papa Francisco la concesión de esta indulgencia plenaria.
La solicitud de la Conferencia decía: Para promover la renovación espiritual de los fieles y aumentar la vida de gracia, pedimos que los fieles reciban una indulgencia plenaria en las condiciones habituales a partir del 8 de diciembre de 2023, Solemnidad de la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María, hasta el 2 de febrero de 2024, fiesta de la Presentación en el Templo de Nuestro Señor Jesucristo; visitando las iglesias regentadas por familias franciscanas en todo el mundo y deteniéndose en oración ante los belenes allí instalados.
La Penitenciaría Apostólica acogió con agrado la petición, que fue aprobada por el Papa, posibilitando a los fieles conseguir indulgencia plenaria con los requisitos habituales.
Las Clarisas de Monzón aportan como oración ante el belén el salmo XV de san Francisco de Asís.
La Familia Franciscana es el conjunto de las órdenes franciscanas originadas por la espiritualidad de san Francisco de Asís desde 1209. Inicialmente eran: la Primera Orden de San Francisco, los Hermanos Menores, (masculina); la Segunda Orden de San Francisco, las Clarisas Pobres, (femenina) y la Tercera Orden de San Francisco, los Hermanos y Hermanas de Penitencia, (seglar) Sucesivas reformas fueron originando otras órdenes franciscanas. En 1517, con la aprobación papal, se estableció la diferenciación entre Franciscanos Observantes o Hermanos Menores (O. F. M.) y Franciscanos Conventuales (O. F. M. Conv.). En 1528, obtuvo la aprobación papal la Orden de los Franciscanos Capuchinos (O. F. M. Cap.) originada por los seguidores de la reforma franciscana del beato Mateo de Bascio algunos años antes.
Actualmente las principales ramas de la Segunda Orden Franciscana son: las Hermanas Pobres de Santa Clara (O. S. C.); las Clarisas Capuchinas (O. S. C. Cap.); las Clarisas Descalzas o Coletinas, (O.S.Cl.Col.), orden fundada en el siglo XVI por santa Colette Boylet; las Hermanas Franciscanas de la Inmaculada, rama femenina de la Congregación de Franciscanos de la Inmaculada, seguidora de la espiritualidad de san Maximiliano Kolbe, que era franciscano conventual, y que fue aprobada como Congregación religiosa por el papa san Juan Pablo II en 1998; y las Clarisas Pobres de la Adoración Perpetua (O. C. P. A.).
La Tercera Orden Franciscana tiene actualmente una rama seglar (O.F.S.) y otra regular o conventual (T.O.R.), porque una parte de los terciarios franciscanos comenzaron ya en el siglo XIII a retirarse a conventos y a vivir en comunidad conventual y desde el XV su configuración como orden regular, con regla y votos, fue obteniendo la aprobación papal.
Navidad de Greccio
San Francisco decía que la Navidad era la fiesta de las fiestas.
Refiere la tradición que, dos semanas antes de la Navidad de 1223, san Francisco de Asís tuvo la idea de reproducir el nacimiento del Niño Jesús en la misma noche del día 24, para que todos pudieran ver las circunstancias de aquel acontecimiento, así como la pobreza que lo rodeó. Con el permiso del papa Honorio II para realizarlo, eligió una gruta en la localidad italiana de Greccio. Y, con la ayuda de su amigo Giovanni, la acondicionó con una mula, un buey y un lecho de pajas donde colocaron al Niño. Además, instalaron un altar para celebrar la Eucaristía.
Convocados mediante el toque de campanas, los habitantes de la zona acudieron en procesión, portando velas para iluminar la noche. Fueron tantos los que participaron, que la noche se hizo como el día por la cantidad de teas encendidas.
De este evento, sucedido hace 800 años, arranca la tradición belenista. Y, la ciudad de Greccio, cuenta con el privilegio de celebrar la Misa de Navidad todos los días del año.
Las indulgencias y cómo se consiguen
La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que el fiel, debidamente dispuesto y bajo determinadas condiciones, adquiere por medio de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, aplica y dispensa con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.
Todo pecado lleva consigo una culpa y una pena. En la confesión se perdona la culpa (la privación eterna del cielo por la ofensa a Dios de los pecados mortales o no eterna por los pecados veniales) y, al menos en parte, la pena temporal que queda como reparación de todo pecado. Normalmente queda una parte de pena temporal que hay que expiar en esta vida o en la otra en el purgatorio. La Iglesia tiene poder para perdonar esta pena por medio de las indulgencias.
La indulgencia es parcial o plenaria, según libere, en parte o del todo, de la pena temporal debida por los pecados.
Se puede sacar del purgatorio a una persona cada día, o poner a cero la propia reparación.
Prerrequisitos: para que alguien sea capaz de adquirir las indulgencias se requiere estar bautizado, no estar excomulgado y estar en estado de gracia por lo menos al final de las obras prescritas.
Requisitos: tener la intención, por lo menos general, de adquirirlas, y realizar las obras prescritas en el tiempo y del modo debido a tenor de la concesión.
Para conseguir indulgencia plenaria es necesario realizar debidamente la obra indulgenciada y cumplir tres condiciones: confesión sacramental (veinte días antes o después), comunión eucarística (cada vez) y oración por las intenciones del Sumo Pontífice (cada vez). Se requiere, además, que se excluya cualquier afecto al pecado, aunque sea venial.