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Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2021 de 23 de marzo de medidas para contra el SarsCoV2 ---- BON 25.03.2021

Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2021 de 20 de abril que prorroga las del 10/2021 de 23 de marzo para contra el SarsCoV2 hasta el 8 05 2021 incluido

DECRETO FORAL DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 22/2021, de 20 de abril, por el que se prorrogan las medidas adoptadas en el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2021, de 23 de marzo, por el que se establecen medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 [hasta el 8 05 2021 incluido]

BON del 22.04.2021 Extra https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2021/92/0

Mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

El artículo 2.2 del citado real decreto atribuye el carácter de autoridad competente delegada a quien ostente la presidencia de las comunidades autónomas. Corresponde así, en nuestra Comunidad Foral, a la Presidenta del Gobierno de Navarra, de conformidad con el artículo 2.3, dictar disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11.

El artículo 6.2 del citado real decreto establece que la autoridad competente delegada podrá, adicionalmente, limitar la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la comunidad autónoma, con las excepciones que se prevén en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

En ejercicio de estas competencias otorgadas por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, se aprobó el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 24/2020, de 27 de octubre, por el que se establecieron en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. En concreto, se estableció la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en el Comunidad Foral de Navarra, durante el período comprendido entre las 23:00 horas y las 6:00 horas, se limitó la entrada y salida de la Comunidad Foral de Navarra, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se contemplaban en dicho decreto foral, y se limitaron las reuniones en el ámbito público y privado a un máximo de seis personas, estando limitadas en el ámbito privado, a la unidad convivencial, con algunas excepciones contempladas en el decreto foral. Para la limitación de movimientos en horario nocturno se estableció la misma vigencia que el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y para el resto de medidas hasta el 4 de noviembre de 2020, incluido. Este decreto foral fue prorrogado mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 26/2020, de 4 de noviembre, hasta el 18 de noviembre de 2020, incluido, y mediante el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 28/2020, de 16 de noviembre, hasta el 18 de diciembre de 2020.

El estado de alarma ha sido prorrogado hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021. La prórroga se somete a las condiciones establecidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 y en los decretos que, en su caso, se adopten en uso de la habilitación conferida por la disposición final primera del citado Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, sin perjuicio de lo que se establece en los apartados siguientes.

Mediante el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2021, de 23 de marzo, se establecieron nuevas medidas para contener la propagación de infecciones por el SARS-CoV-2. La eficacia de las medidas recogidas alcanza hasta el 9 de abril de 2021, incluido. Mediante el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 13/2021, de 6 de abril, se prorrogaron estas medidas hasta el día 22 de abril, incluido.

Según el informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, con datos publicados el 19 abril, Navarra es la Comunidad Autónoma con mayor tasa de incidencia acumulada a los 14 días (428,77 casos por 100.000 habitantes) y la tercera a los 7 días (186,93 casos por 100.000 habitantes), con una ratio de 2,3, con una tendencia ligeramente descendente. Esta incidencia acumulada a los 14 y a los 7 días está por encima de la media del conjunto del Estado, con 230,54 y 109,93 casos por 100.000 habitantes, con una ratio de 2,1.

En relación a la utilización de los servicios asistenciales por COVID-19, Navarra es la cuarta comunidad con mayor porcentaje de camas ocupadas por pacientes COVID-19 (10,07%) y la cuarta con mayor porcentaje de camas UCI ocupadas por pacientes COVID-19 (30,66%), con una tendencia en UCI que sigue creciendo.

En relación con los indicadores señalados en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19 del 26 de marzo, acordado por el Consejo interterritorial, y según el informe publicado por el ministerio el 15 de abril, Navarra se sitúa en un nivel de alerta 4. Ello se debe a que, a los niveles de incidencias acumuladas en población general y mayores de 64 años en riesgo muy alto desde hace varios días, se ha unido ahora el aumento en el nivel de ocupación de UCI, que ha pasado con rapidez de un nivel de riesgo medio a muy alto.

No obstante, la tasa de nuevos diagnósticos en la semana del 12 al 18 abril ha disminuido a 187 casos por 100.000 habitantes, un 23% menos que la semana previa. La ratio de incidencia a los 14 días respecto a los 7 días es de 2,3, lo que supone un cambio de tendencia que ya es ligeramente descendente.

La variante inglesa supone el 98% del virus circulante y se asocia con mayor transmisibilidad y riesgo de hospitalización.

El riesgo de hospitalización entre los casos confirmados de COVID-19 se ha mantenido en los mayores de 85 años (grupo que ha sido vacunado en las últimas semanas), pero se ha duplicado en el resto de los grupos de edad adulta, aunque esta semana con porcentajes ligeramente inferiores a los de la semana anterior.

En conjunto, han disminuido la incidencia, los ingresos y las defunciones, aunque aún persiste el nivel de alerta muy alto.

El informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra concluye que es necesario continuar con las medidas adoptadas y seguir monitorizando la situación con el fin de observar si las medidas adoptadas en el ámbito público y privado, así como la vuelta a la rutina tras los días festivos, confirman este descenso de la transmisión. Esto es especialmente importante por el impacto hospitalario que este repunte de casos está teniendo.

El informe del Gerente del Complejo Hospitalario de Navarra señala que, en la última semana, coincidiendo con los 15 días tras la adopción de medidas más restrictivas, se ha comenzado un descenso en el número de nuevos casos diagnosticados, de la positividad de las pruebas, del número de nuevos ingresos en hospitalización convencional y domiciliaria y del número de casos atendidos en las urgencias hospitalarias. No obstante, se mantienen altos los ingresos semanales en UCI y las defunciones en el entorno hospitalario relacionados con la COVID-19.

Esta evolución puede indicar el inicio del descenso de la cuarta ola en Navarra, si bien por la experiencia de olas previas, la presión sobre los hospitales y en especial sobre las UCI se mantendrá durante las próximas dos semanas e incluso podría incrementarse por el decalaje entre la infección, el ingreso en el hospital y el ingreso en UCI. Dado el nivel de ocupación de camas hospitalarias por pacientes COVID-19, la recuperación de la situación hospitalaria tardará entre 4 y 6 semanas en función de la evolución epidemiológica.

Por estos motivos, señala el informe, que se hace necesario, en base al aprendizaje de los pasados meses, mantener medidas de prevención comunitaria para poder recuperar la situación hospitalaria sin afectar a la atención de pacientes no COVID-19 y así poder disponer de recursos de profesionales sanitarios actualmente dedicados a la atención de pacientes hospitalizados para el programa de vacunación que se prevé se intensifique progresivamente.

Al amparo de lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2,

DECRETO:

Artículo 1. Prórroga de las medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Se prorrogan las medidas decretadas mediante el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2021, de 23 de marzo, por el que se establecen medidas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Artículo 2. Eficacia de las medidas prorrogadas.

Las medidas prorrogadas tendrán eficacia hasta el 8 de mayo de 2021, incluido.

Artículo 3. Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor a las 00:00 horas del día 23 de abril de 2021.

Pamplona, 20 de abril de 2021.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.

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