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Sobre la excomunión por cisma en que incurren los partidarios del
movimiento de Monseñor Marcel Lefebvre
Nota explicativa del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos
[Traducción de Google]
1. Del Motu Proprio «Ecclesia Dei» del 2 de julio de 1988 y del
Decreto «Dominus Marcellus Lefebvre» de la Congregación para los Obispos del
1 de julio de 1988, se desprende, en primer lugar, que el cisma de Monseñor
Lefebvre se declaró en relación inmediata con las ordenaciones episcopales
realizadas el 30 de junio de 1988 sin mandato pontificio (cf. CIC, can.
1382). Sin embargo, de los documentos citados también se desprende
claramente que este gravísimo acto de desobediencia constituyó la culminación
de una situación global progresiva de carácter cismático.
2. De hecho, el n.º 4 del Motu Proprio explica cuál fue la raíz doctrinal de
este acto cismático y el n.º 5 c) advierte que una adhesión formal al cisma
(es decir, al movimiento de Monseñor Lefebvre) conllevaría la excomunión
establecida por el derecho universal de la Iglesia (CIC, can. 1364, § 1). El
decreto de la Congregación para los Obispos también hace referencia explícita al
carácter cismático de las ordenaciones episcopales mencionadas y recuerda
la gravísima pena de excomunión que conllevaría la adhesión al cisma de Monseñor
Lefebvre.
3. Lamentablemente, el acto cismático que dio origen al Motu Proprio y al
Decreto no hizo más que culminar, de manera particularmente visible e inequívoca
—con un acto formal de desobediencia muy grave al Romano Pontífice—, un proceso
de distanciamiento de la communio hierarchica . Hasta que los cambios
conduzcan al restablecimiento de esta necesaria communio, todo el movimiento
lefebvriano debe considerarse cismático, dado que existe una declaración
formal al respecto de la Autoridad Suprema.
4. No se puede juzgar la argumentación que sustenta la controvertida tesis de
Murray, ya que se desconoce y los dos artículos que la mencionan parecen
confusos. Sin embargo, la validez de las excomuniones de obispos declaradas en
el Motu Proprio y el Decreto no puede cuestionarse razonablemente. En
particular, no parece existir ninguna circunstancia eximente o atenuante
respecto a la imputabilidad de la pena (Cf. CIC, cánones 1323-1324). En cuanto
al estado de necesidad en el que creía encontrarse Monseñor Lefebvre, debe
tenerse presente que dicho estado debe darse objetivamente, y que nunca es
necesario ordenar obispos contra la voluntad del Romano Pontífice, Cabeza del
Colegio Episcopal. Esto, de hecho, significaría la posibilidad de «servir» a la
Iglesia atacando su unidad en un asunto vinculado a los fundamentos mismos de
esta unidad.
5. Como se indica en el Motu Proprio n.º 5 c), la excomunión latae sententiae
por cisma se refiere a quienes se adhieren formalmente a dicho movimiento
cismático. Si bien la cuestión del alcance exacto del concepto de «adhesión
formal al cisma» debe remitirse a la Congregación para la Doctrina de la Fe
competente, este Pontificio Consejo considera que dicha adhesión debe implicar
dos elementos complementarios:
a) una de carácter interno, consistente en compartir libre y conscientemente la
sustancia del cisma, es decir, en optar de tal manera por los seguidores de
Lefebvre que esta opción se coloca por encima de la obediencia al Papa (en
la raíz de esta actitud habrá habitualmente posiciones contrarias al Magisterio
de la Iglesia);
b) otra de carácter externo, consistente en la exteriorización de esa opción,
cuyo signo más evidente será la participación exclusiva en los actos
"eclesiales" lefebvrianos, sin tomar parte en los actos de la Iglesia católica
(se trata, sin embargo, de un signo no unívoco, pues existe la posibilidad de
que algunos fieles tomen parte en las funciones litúrgicas de los lefebvrianos
sin compartir su espíritu cismático).
6. En el caso de los diáconos y sacerdotes lefebvrianos, parece claro que su
actividad ministerial dentro del movimiento cismático es un signo más que
evidente de que se cumplen los dos requisitos mencionados anteriormente (n. 5) y
de que existe, por tanto, una adhesión formal.
7. Sin embargo, en el caso de otros fieles, es evidente que la participación
ocasional en actos o actividades litúrgicas del Movimiento Lefebvriano, sin
adoptar la actitud de desunión doctrinal y disciplinaria propia del Movimiento,
no basta para constituir una membresía formal en él. En la práctica pastoral,
puede resultar más difícil evaluar su situación. Es necesario tener en cuenta,
sobre todo, la intención individual y la traducción de esta disposición interior
en acción. Por lo tanto, las distintas situaciones deben evaluarse caso por caso
en los órganos competentes de los foros externos e internos.
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Fuente:
https://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/intrptxt/documents/rc_pc_intrptxt_doc_19960824_vescovo-lefebvre_it.html