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Sobre la excomunión por cisma en que incurren los partidarios del movimiento de Monseñor Marcel Lefebvre
Nota explicativa del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos

[Traducción de Google]


1. Del Motu Proprio «Ecclesia Dei» del 2 de julio de 1988 y del Decreto «Dominus Marcellus Lefebvre» de la Congregación para los Obispos del 1 de julio de 1988, se desprende, en primer lugar, que el cisma de Monseñor Lefebvre se declaró en relación inmediata con las ordenaciones episcopales realizadas el 30 de junio de 1988 sin mandato pontificio (cf. CIC, can. 1382). Sin embargo, de los documentos citados también se desprende claramente que este gravísimo acto de desobediencia constituyó la culminación de una situación global progresiva de carácter cismático.

2. De hecho, el n.º 4 del Motu Proprio explica cuál fue la raíz doctrinal de este acto cismático y el n.º 5 c) advierte que una adhesión formal al cisma (es decir, al movimiento de Monseñor Lefebvre) conllevaría la excomunión establecida por el derecho universal de la Iglesia (CIC, can. 1364, § 1). El decreto de la Congregación para los Obispos también hace referencia explícita al carácter cismático de las ordenaciones episcopales mencionadas y recuerda la gravísima pena de excomunión que conllevaría la adhesión al cisma de Monseñor Lefebvre.

3. Lamentablemente, el acto cismático que dio origen al Motu Proprio y al Decreto no hizo más que culminar, de manera particularmente visible e inequívoca —con un acto formal de desobediencia muy grave al Romano Pontífice—, un proceso de distanciamiento de la communio hierarchica . Hasta que los cambios conduzcan al restablecimiento de esta necesaria communio, todo el movimiento lefebvriano debe considerarse cismático, dado que existe una declaración formal al respecto de la Autoridad Suprema.

4. No se puede juzgar la argumentación que sustenta la controvertida tesis de Murray, ya que se desconoce y los dos artículos que la mencionan parecen confusos. Sin embargo, la validez de las excomuniones de obispos declaradas en el Motu Proprio y el Decreto no puede cuestionarse razonablemente. En particular, no parece existir ninguna circunstancia eximente o atenuante respecto a la imputabilidad de la pena (Cf. CIC, cánones 1323-1324). En cuanto al estado de necesidad en el que creía encontrarse Monseñor Lefebvre, debe tenerse presente que dicho estado debe darse objetivamente, y que nunca es necesario ordenar obispos contra la voluntad del Romano Pontífice, Cabeza del Colegio Episcopal. Esto, de hecho, significaría la posibilidad de «servir» a la Iglesia atacando su unidad en un asunto vinculado a los fundamentos mismos de esta unidad.

5. Como se indica en el Motu Proprio n.º 5 c), la excomunión latae sententiae por cisma se refiere a quienes se adhieren formalmente a dicho movimiento cismático. Si bien la cuestión del alcance exacto del concepto de «adhesión formal al cisma» debe remitirse a la Congregación para la Doctrina de la Fe competente, este Pontificio Consejo considera que dicha adhesión debe implicar dos elementos complementarios:

a) una de carácter interno, consistente en compartir libre y conscientemente la sustancia del cisma, es decir, en optar de tal manera por los seguidores de Lefebvre que esta opción se coloca por encima de la obediencia al Papa (en la raíz de esta actitud habrá habitualmente posiciones contrarias al Magisterio de la Iglesia);

b) otra de carácter externo, consistente en la exteriorización de esa opción, cuyo signo más evidente será la participación exclusiva en los actos "eclesiales" lefebvrianos, sin tomar parte en los actos de la Iglesia católica (se trata, sin embargo, de un signo no unívoco, pues existe la posibilidad de que algunos fieles tomen parte en las funciones litúrgicas de los lefebvrianos sin compartir su espíritu cismático).

6. En el caso de los diáconos y sacerdotes lefebvrianos, parece claro que su actividad ministerial dentro del movimiento cismático es un signo más que evidente de que se cumplen los dos requisitos mencionados anteriormente (n. 5) y de que existe, por tanto, una adhesión formal.

7. Sin embargo, en el caso de otros fieles, es evidente que la participación ocasional en actos o actividades litúrgicas del Movimiento Lefebvriano, sin adoptar la actitud de desunión doctrinal y disciplinaria propia del Movimiento, no basta para constituir una membresía formal en él. En la práctica pastoral, puede resultar más difícil evaluar su situación. Es necesario tener en cuenta, sobre todo, la intención individual y la traducción de esta disposición interior en acción. Por lo tanto, las distintas situaciones deben evaluarse caso por caso en los órganos competentes de los foros externos e internos.

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Fuente:

https://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/intrptxt/documents/rc_pc_intrptxt_doc_19960824_vescovo-lefebvre_it.html