La
fisiocracia
(sistema económico de la Ilustración) propugna
- la búsqueda por cada
individuo del beneficio por encima de todo, al margen de
la moral, rechazando la norma del precio justo y del
salario justo,
- que la agricultura es la
única fuente de la riqueza,
- la no intervención en la
economía ni del Estado, ni de ningún otro agente
exterior (laissez faire, dejad
hacer). Frente al
intervencionismo del
mercantilismo. Con medidas para implantar:
- el libre comercio
interior sin limitación de precios de los
productos
- la libertad para
comprar tierras desamortizando
las de la Iglesia, o desvinculando las comunales de los
municipios y las de los mayorazgos. Porque la
tierra es el negocio más lucrativo del XVIII
- Como caso particular de no
intervención o laissez faire, el librecambismo, o sea, la liberalización del
comercio exterior, es decir, la eliminación de las
barreras aduaneras a las importaciones frente al proteccionismo del
mercantilismo.
El lema laissez faire, dejad
hacer, viene de la formulación pseudo analógica laissez faire, laissez
passer, le monde va de lui même (dejad
hacer, dejad
pasar, el mundo gira por sí mismo), con la que los ilustrados y los
liberales quieren decir y dicen que así como el planeta gira sin que haya
que hacer nada para ello, así tampoco hay que intervenir en la economía,
siendo así que la explotación y otros abusos es falso que sea algo natural y
que por consiguiente se deban permitir; y al ser falso es una formulación
pseudo analógica.
- Medidas librecambistas del
despotismo ilustrado en España:
- En 1765,
liberalización del comercio de cereales y
supresión de la tasa del trigo (límite de
precios) .
- Liberalización
del comercio del aceite (1778).
- Liberalización
del comercio con América (1778). La Casa de Contratación, será suprimida en
1790.
La "reforma agraria",
medidas en las que se manifiesta también la fisiocracia, en
realidad antirreforma agraria, porque es en
beneficio de los ricos contra los pobres.
(Se llama reforma agraria
a la distribución de tierras entre los campesinos).
En la segunda mitad de la edad contemporánea, se denominará políticamente
reforma agraria a la proclamación de que se reivindica
que la propiedad de la tierra debe pasar a ser de los que la
trabajan y no de propietarios que no la cultiven directamente. La
fórmula propagandística llamada la reforma agraria será "la
tierra para el que la trabaja". Así se buscará en
la época de la segunda revolución de la edad contemporánea que
los campesinos se dejen acaudillar por revolucionarios que los
utilizan como carne de cañón para llegar ellos
al poder). Medidas que se toman en este sentido por ejemplo en
España:
-
Teoría y proyecto de
desamortización de las tierras de la Iglesia (dentro del
regalismo),
de desamortización
de comunales y de
desvinculación
de mayorazgos.
- Se restringe la creación
de mayorazgos.
- Limitaciones a la Mesta.
- Respecto a las tierras propiedad de la
Iglesia, los ilustrados
forman la teoría y el proyecto de la desamortización (expropiación
de las propiedades de la Iglesia por el Estado para
venderlas en grandes latifundios a los ricos o nuevos
ricos).
Por una razón económica y otra ideológica:
porque la tierra es el gran negocio de la época de los
fisiócratas
y porque creían que, quitándole sus propiedades a la
Iglesia, le harían perder influencia social.
Quedará en proyecto y será el liberalismo el que lo
realice arrebatándole sus tierras a la Iglesia
en el XIX,
en
beneficio de los latifundistas, que desalojan de esas
tierras a los aparceros y los convierten en braceros o
jornaleros sin tierras avocados al hambre. Aunque en la época de Carlos IV (1805),
el Papa concede para ser vendidas hasta la sexta
parte de las propiedades eclesiásticas
españolas.
- 1764 inicio de la
discusión del proyecto de ley de amortización
- 1765 Tratado
de la regalía de Amortización, de
Campomanes.
- 1795 Informe
en el Expediente de la Ley Agraria, de Jovellanos.
- En Inglaterra las
Enclosure Acts, leyes de cercamiento de tierras, que
adjudican la propiedad de las tierras comunales a los
propietarios en proporción al porcentaje de propiedades
que ya tenía cada uno. Con lo cual los que no tenían
más propiedades que la participación en las comunales
son expulsados de éstas y se quedan sin nada.