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Indulgencias 17 enero

Se ruega a nuestros pastores que nos avisen de las indulgencias plenarias que se pueden ganar y que promuevan los actos que permiten ganarlas, para poder así sacar almas del purgatorio, o bien, si son indulgencias parciales las conseguidas, para poder abreviar y mejorar la situación de dichas almas del purgatorio. Practicando así la caridad de la forma más eximia, como enseñó el Papa san Pablo VI:

"Cuando los fieles ganan las indulgencias en sufragio de los difuntos, realizan la caridad de la forma más eximia, y al pensar en las cosas sobrenaturales trabajan con más rectitud en las cosas de la tierra".
(San Pablo VI: Constitución Apostólica Indulgentiarum doctrina, nº 8)

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El Decreto El don de la indulgencia de 29-1-2000 de la Penitenciaria apostólica contiene “indicaciones de índole general sobre las indulgencias”. En ellas se indica que esas tres condiciones requeridas para conseguir indulgencia plenaria, especialmente la confesión, pueden realizarse unos veinte días antes o después del acto indulgenciado.

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Durante la Semana de oración por la unidad de los cristianos se puede ganar indulgencia plenaria.

Cada día se reza el rosario comunitariamente en la parroquia, con lo que se puede ganar cada día indulgencia plenaria y sacar a un alma del purgatorio cada día.

Cuando hay exposición del Santísimo se puede ganar indulgencia plenaria adorándole durante media hora.

Por ejemplo, también en la adoración nocturna se puede ganar indulgencia plenaria.

Etc.

Por favor, avisen de las indulgencias; reitero la súplica

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Hebdomada pro christianorum unitate [18 - 25 de enero]
Catholica Ecclesia Conditoris sui precem pridie quam pateretur ad Patrem prolatam «ut omnes unum sint» maxime cordi habet et ideo christifideles enixe hortantur ut pro christianorum unitate assidue orent. 

§ 1. Plenaria indulgentia conceditur christifideli qui aliquot functionibus in hebdomada pro christianorum unitate participaverit et eiusdem hebdomadae conclusioni interfuerit. 
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión nº 11 § 1]

§ 2. Partialis indulgentia conceditur christifideli qui orationem legitime adprobatam pro christianorum unitate devote recitaverit (e.g. Omnipotens et misericors Deus)

Omnipotens et misericors Deus, qui diversitatem gentium in unum populum per Filium tuum adunare voluisti, concede propitius ut qui christiano nomine gloriantur, qualibet divisione reiecta, unum sint in veritate et caritate, et omnes homines, verae fidei lumine illustrati, in unam Ecclesiam fraterna communione conveniant. Per Christum Dominum nostrum. Amen. 
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión nº 11 § 2. Enchiridion de 1986, versión española oficial de 1995, concesión nº 44].

Traducción oficiosa:

Semana por la unidad de los cristianos [18 - 25 de enero]
La Iglesia Católica tiene máximanmente en su corazón la plegaria que su Fundador dirigió al Padre el día antes de su Pasión, «que todos sean uno», y, por ello, exhorta constantemente a los fieles a orar asiduamente por la unidad de los cristianos. 

§ 1. Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que participe en alguna de las celebraciones de la semana por la unidad de los cristianos y que asista al acto final de la misma. 
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión nº 11 § 1]

§ 2 . Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que recite devotamente una plegaria, debidamente aprobada, por la unidad de los cristianos (por ejemplo, Dios omnipotente y misericordioso):

Dios omnipotente y misericordioso, que por medio de tu Hijo has querido unir en un solo pueblo a gente tan diversa, haz, te pedimos, que cuantos nos gloriamos de llamarnos cristianos, rechazando toda división, seamos una sola cosa en la verdad y en la caridad, y que todos los hombres, iluminados por la fe verdadera, formemos una misma Iglesia, animada por la comunión fraterna. Por Jesucristo nuestro Señor. Amén.
[Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión nº 11 § 2. Enchiridion de 1986, versión española oficial de 1995, concesión nº 44].

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Texto del decreto por el que por mandato del Papa se conceden indulgencias especiales con ocasión del Año de San José hasta el 8 12 2021

Se concede indulgencia plenaria:

--a aquellos que mediten durante al menos 30 minutos en el rezo del Padre Nuestro, o que participen en un retiro espiritual de al menos un día que incluya una meditación sobre San José;

-- a aquellos que, siguiendo el ejemplo de San José, realicen una obra de misericordia corporal o espiritual;

--por el rezo del Santo Rosario en las familias y entre los novios;

--a todo aquel que confíe diariamente su trabajo a la protección de San José

--a todo creyente que invoque con sus oraciones la intercesión del obrero de Nazaret, para que los que buscan trabajo lo encuentren y para que el trabajo de todos sea más digno.

--a los fieles que recen la letanía de San José (para la tradición latina),

--a los fieles que recen el Akathistos a San José, en su totalidad o al menos una parte de ella (para la tradición bizantina),

--a los fieles que recen alguna otra oración a San José, propia de las otras tradiciones litúrgicas, en favor de la Iglesia perseguida ad intra y ad extra y para el alivio de todos los cristianos que sufren toda forma de persecución.

--a los fieles que recen cualquier oración o acto de piedad legítimamente aprobado en honor de San José, por ejemplo "A ti, oh bienaventurado José", especialmente el 19 de marzo y el 1 de mayo, fiesta de la Sagrada Familia de Jesús, María y José, el domingo de San José (según la tradición bizantina), el 19 de cada mes y cada miércoles, día dedicado a la memoria del Santo según la tradición latina.

--el don de la indulgencia plenaria se extiende particularmente a los ancianos, los enfermos, los moribundos y todos aquellos que por razones legítimas no pueden salir de su casa, los cuales, con el ánimo desprendido de cualquier pecado y con la intención de cumplir, tan pronto como sea posible, las tres condiciones habituales, en su propia casa o dondequiera que el impedimento les retenga, recen un acto de piedad en honor de San José, consuelo de los enfermos y patrono de la buena muerte, ofreciendo con confianza a Dios los dolores y las dificultades de su vida.

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Se pueden utilizar para conseguir estas indulgencias las dos oraciones que incluye el papa Francisco en su Carta Apostólica Patris Corde, sobre san José y este año jubilar:

Una oración a san José tomada de un libro de devociones francés del siglo XIX, de la Congregación de las Religiosas de Jesús y María, que expresa devoción, confianza y un cierto reto a san José:

“Glorioso patriarca san José, cuyo poder sabe hacer posibles las cosas imposibles, ven en mi ayuda en estos momentos de angustia y dificultad. Toma bajo tu protección las situaciones tan graves y difíciles que te confío, para que tengan una buena solución. Mi amado Padre, toda mi confianza está puesta en ti. Que no se diga que te haya invocado en vano y, como puedes hacer todo con Jesús y María, muéstrame que tu bondad es tan grande como tu poder. Amén”.

Salve, custodio del Redentor
y esposo de la Virgen María.
A ti Dios confió a su Hijo,
en ti María depositó su confianza,
contigo Cristo se forjó como hombre.
Oh, bienaventurado José,
muéstrate padre también a nosotros
y guíanos en el camino de la vida.
Concédenos gracia, misericordia y valentía,
y defiéndenos de todo mal. Amén.

Y obviamente la oración indicada "A ti, oh bienaventurado José", que envió el Papa León XIII junto con su enciclica Quamquam pluries de 1889:

"Disponemos que durante todo el mes de octubre, durante el rezo del Rosario, sobre el cual ya hemos legislado, se añada una oración a San José, cuya fórmula será enviada junto con la presente, y que esta costumbre sea repetida todos los años":

A ti, bienaventurado san José, acudimos en nuestra tribulación, y después de implorar el auxilio de tu santísima esposa, solicitamos también confiadamente tu patrocinio.

Con aquella caridad que te tuvo unido con la Inmaculada Virgen María, Madre de Dios, y por el paterno amor con que abrazaste al Niño Jesús, humildemente te suplicamos que vuelvas benigno los ojos a la herencia que con su Sangre adquirió Jesucristo, y con tu poder y auxilio socorras nuestras necesidades.

Protege, oh providentísimo Custodio de la divina Familia, la escogida descendencia de Jesucristo; aleja de nosotros, oh padre amantísimo, este flagelo de errores y vicios. Asístenos propicio desde el cielo, en esta lucha contra el poder de las tinieblas; y como en otro tiempo libraste de la muerte la vida amenazada del Niño Jesús, así ahora defiende a la santa Iglesia de

Dios de las hostiles insidias y de toda adversidad.
Y a cada uno de nosotros protégenos con tu constante patrocinio, para que, a ejemplo tuyo, y sostenidos por tu auxilio, podamos vivir y morir santamente y alcanzar en los cielos la eterna bienaventuranza. Amén

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NORMAS DE LAS INDULGENCIAS Enchiridion Indulgentiarum de 1999 [Manual de Indulgencias de 1999]

Para ganar indulgencias se requiere

Si falta la plena disposición, o si no se cumple [bien] la obra prescrita o las condiciones antedichas, la indulgencia será sólo parcial, salvo lo prescrito para los "impedidos".

-- Al fiel cristiano que, al menos arrepentido interiormente, realiza una obra enriquecida con indulgencia parcial, se le concede, por medio de la Iglesia, una remisión de la pena temporal del mismo valor que la que él mismo con su acción ya recibe.
[Norma 4 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999; Enchiridion de 1986, n. 6].

La obra prescrita para la obtención de una indulgencia plenaria aneja a una iglesia u oratorio consiste en la visita piadosa a este lugar, rezando el Padrenuestro y el Credo, a no ser que en algún caso especial se establezcan otras condiciones [Norma 19 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999, § 2; CIC 1983, can. 996 § 2; Enchiridion de 1986, n. 22].

[Las indulgencias se pueden aplicar por uno mismo o por un difunto. Por una persona viva, no. Por los vivos, se puede rezar, ofrecer sacrificios y encargar misas; y con todo ello se puede conseguir que Dios les dé gracias para que obren según la divina voluntad y para que hagan una confesión bien hecha y recuperen así la gracia santificante y para que reparen y remitan su pena temporal].

Las indulgencias no proporcionan el perdón de los pecados. Sirven para cumplir la reparación que hay que hacer por los pecados, una vez conseguido el perdón mediante el arrepentimiento y la confesión que quita los pecados.

[A los difuntos, si están en el purgatorio, las indulgencias parciales les van abreviando y mejorando su situación. La indulgencia plenaria aplicada a un difunto le libera del purgatorio y le lleva al cielo].

[Se puede ganar una indulgencia plenaria cada día; y por lo tanto, se puede sacar a un alma del purgatorio cada día].

La indulgencia plenaria sólo puede ganarse una vez al día [Norma 18 § 1 del Enchiridion Indulgentiarum de 1999].
Sin embargo, el fiel cristiano podrá alcanzar indulgencia plenaria in articulo mortis, aunque el mismo día haya ganado ya otra indulgencia plenaria.
La indulgencia parcial puede ganarse varias veces al día, a no ser que expresamente se establezca lo contrario.

Indulgencia plenaria in articulo mortis [Enchiridion Indulgentiarum de 1999, concesión 12]

§ 1. El sacerdote que administra los sacramentos a un fiel en peligro de muerte no omitirá darle la bendición apostólica con indulgencia plenaria

§ 2. Si un sacerdote no puede estar presente, Nuestra santa Madre Iglesia concede con bondad al fiel indulgencia plenaria in articulo mortis, siempre que esté bien dispuesto y que haya rezado habitualmente algunas oraciones en su vida; en este caso la Iglesia suple las tres condiciones habituales requeridas para la indulgencia plenaria.

§ 3. Para ganar esta indulgencia plenaria, se recomienda utilizar un crucifijo o una cruz.

§ 4. El fiel puede ganar esta indulgencia plenaria "in articulo mortis" incluso si ese día ya ha ganado otra indulgencia plenaria [Enchiridion Indulgentiarum de 1999, norma 18 § 2].

§ 5. En la enseñanza catequética, hay que informar a los fieles frecuente y oportunamente de esta saludable disposición de la Iglesia [Enchiridion de 1986, n. 5].

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Son dignas de mención especial las obras que permiten ganar indulgencia plenaria cada día:

— La adoración del Santísimo durante media hora al menos (Enchiridion Indulgentiarum de 1999, conc. 7 § 1, 1°);

— El ejercicio del Vía Crucis (Enchiridion Indulgentiarum de 1999 conc. 13, 2°);

— El rezo del santo Rosario o del Akathisto junto con otra u otras personas en vez del rezo en solitario, bien sea con los que estén en una iglesia u oratorio, bien sea en familia, en una comunidad religiosa, en una asociación de fieles, etc. (conc. 17 § 1, 1° y conc. 23 § 1);
o bien uniéndose piadosamente al rezo de esta oración [del santo Rosario] por el Soberano Pontífice, retransmitida por televidión o radio (conc. 17 § 1, 2°):

§ 1º Rosarium mariale pie recitaverit in ecclesia aut oratorio, vel in familia, in religiosa Communitate, in christifidelium consociatione et generatim cum plures ad aliquem honestum finem conveniunt; 
§ 2°
eiusdem precis recitationi, dum a Summo Pontifice peragitur, et ope instrumenti televisifici vel radiophonici propagatur, sese pie univerit. 
In aliis rerum adiunctis vero indulgentia erit partialis. 

— La piadosa lectura o escucha de la lectura de la Sagrada Escritura durante media hora al menos (Enchiridion Indulgentiarum de 1999, conc. 30).

Indulgentiae plenariae cotidie lucrabiles 

  • Akathistos vel Paraclisis (conc. 23 § 1)
    Eucharistica adoratio, per dimidiam saltem horam (conc. 7 § 1, 1°)
    Pium exercitium Viae Crucis (conc. 13, 2°)
    Rosarium mariale (conc. 17 § 1)
    Sacrae Scripturae lectio vel auditio, per dimidiam saltem horam (conc. 30)
    Visitatio in forma peregrinationis ad Patriarchales [Papales] Basilicas in Urbe (conc. 33 § 1, 1°)

Indulgentiae plenariae in determinatis diebus concessae 

  • Die 31 decembris (conc. 26 § 1, 2°)
    Die 1 ianuarii (conc. 26 § 1, 1°)
    Hebdomada pro Christianorum unitate (conc. 11 § 1)
    Qualibet feria VI temporis Quadragesimae (conc. 8 § 1, 2°)
    Feria V Hebdomadae Sanctae (conc. 7 § 1, 2°)
    Feria VI Hebdomadae Sanctae (conc. 13, 1°)
    Sabbato Hebdomadae Sanctae (conc. 28 § 1)
    In sollemnitate Pentecostes (conc. 26 § 1, 1°)
    In sollemnitate Corporis et Sanguinis Christi (conc. 7 § 1, 3°)
    In sollemnitate Sacr.mi Cordis Iesu (conc. 3)
    In sollemnitate Ss. Apost. Petri et Pauli (conc. 14 § 1; 33 § 1, 2°, 3°)
    Die 2 augusti (conc. 33 § 1, 2°, 3°, 5°)
    Singulis diebus a die 1 usque ad diem 8 novembris (conc. 29 § 1, 1°)
    Die Commemorationis omnium fidelium defunctorum (conc. 29 § 1, 2°)
    In sollemnitate Christi Regis (conc. 2)
    Die 31 decembris (conc. 26 § 1, 2°)

3. Indulgentiae plenariae pro peculiaribus circumstantiis concessae 

  • Benedictio papalis (conc. 4)
    Die ad aliquem religiosum finem celebrandum universaliter dicata (conc. 5)
    Die anniversario proprii Baptismatis (conc. 28 § 1)
    Die consecrationis familiae (conc. 1)
    Die dedicationis ecclesiae vel altaris (conc. 33 § 1, 6°)
    Die designato pro stationali ecclesia (conc. 33 § 2)
    Eucharisticus conventus (conc. 7 § 1, 4°)
    Eucharistica processio (conc. 7 § 1, 3°)
    Exercitia spiritalia (conc. 10 § 1)
    In articulo mortis (conc. 12)
    In liturgica celebratione Fundatoris Institutorum vitae consecratae et Societatum vitae apostolicae (conc. 33 § 1, 7°)
    In sollemnitate Titularis basilicae minoris, ecclesiae cathedralis, sanctuarii, ecclesiae paroecialis (conc. 33 § 1, 2°-5°)
    Iubilares Ordinationum celebrationes (conc. 27 § 2)
    Peregrinatio (concess. 33 § 1, 1°, 4°)
    Prima Communio (conc. 8 § 1, 1°)
    Prima Missa (conc. 27 § 1) 
    Sacrae Missiones (conc. 16 § 1)
    Semel in anno, die libere eligendo (conc. 33 § 1, 2°, 4°)
    Synodus dioecesana (conc. 31)
    Visitatio pastoralis (conc. 32)  

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.........INDEX.

Enchiridion Indulgentiarum de 1999 en latín y castellano

Indulgencias hoy

Aviso de indulgencias

Constitución apostólica Indulgentiarum Doctrina de 1967 del Papa San Pablo VI sobre la revisión de las indulgencias