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GÉNESIS HISTÓRICA DE LAS XXIV TESIS TOMISTAS*
Francisco Canals Vidal
Catedrático de Metafísica
de la Universidad de Barcelona
CRISTIANDAD Al Reino de Cristo por la devoción a los Sagrados
Corazones de Jesús y María
Año LVI, nº 811-812, Barcelona, enero-febrero 1999
* Artículo reproducido de la revista Sapientia, de Buenos Aires (vol. LIII; 203; pp. 97-110). Agradecemos a los directores de la prestigiosa revista su autorización para reproducirlo en nuestras páginas.
(Artículo aparecido también en la revista Verbo, nn., año )
Una investigación importante para la historia de la Iglesia
Con este título se presentó, en la Facultad
Eclesiástica de Filosofía de la Universidad de Navarra, en 1990,
una investigación de Enrique Miguel Aguayo,
como tesis de doctorado, dirigida por el profesor Daniel Gamarra
Caffíeri.
(Nota 1.- Se ocupó de este estudio Josep Ignasi Saranyana:
«Sobre la recepción de las XXIV Tesis Tomistas en España (1914-1917),
en Atti del IX Congresso Tomistico Internazionale, 18 Libreria
Editrice Vaticana, Città del Vaticano 1992, vol. VI, pp. 275-289.
También Eudaldo Forment, «La redacción de las XXIV
Tesis Tomistas»: Cristiandad, núm. 763 (I de 1995), pp. 19-22).
Se trata de un trabajo que se apoya en una documentación obtenida en fuentes, hasta ahora inéditas, que el investigador pudo consultar, en los archivos de la antigua Sagrada Congregación de Estudios, actual Congregación para la Educación Católica, en el Archivo secreto de la Santa Sede, sección Secretaría de Estado, y en otras instituciones de la Santa Sede mencionadas en la introducción. En esta búsqueda, el autor contó con la orientación y el apoyo de diversas personalidades a las que expresa su agradecimiento: el Cardenal William Baum, entonces Prefecto de la Congregación para la Educación Católica; Monseñor Saraiva, Secretario de la misma; Sor E. Colombo, Jefe del Archivo; Monseñor Metzler, Prefecto del Archivo Secreto. Un dato de gran interés es el hecho de que en la Congregación para la Doctrina de la fe -antiguo Santo Ofício-, cuyos archivos están de ordinario inaccesibles no sólo al público sino a los investigadores, pudo obtener la información sobre la carencia de datos sobre la redacción de las XXIV Tesis en la citada Congregación. Asesoraron y orientaron a Enrique Miguel Aguayo significados conocedores del tema investigado. Así, el actualmente Cardenal Paolo Dezza, S. I., heredero intelectual de Guido Mattiussi, S.I., uno de los protagonistas de la redacción de las célebres tesis; también aportó una orientación decisiva Monseñor Antonio Piolanti, actual Presidente de la Pontificia Academia Romana de Santo Tomás; el profesor Clemens Vanteenkiste, O.P., que orientó en la bibliografía existente en las principales bibliotecas de las Universidades y Facultades Eclesiásticas Romanas; así como, obviamente, el Doctor Daniel Gamarra Caffieri, el responsable de la dirección de la tesis doctoral. El estudio va acompañado de una exhaustiva bibliografía. Pero lo que da al trabajo de Miguel Aguayo carácter de importante acontecimiento historiográfico es la «Presentación de documentos» -la mayoría de ellos contenidos en una carpeta, n° 375/17, del archivo de la actual Congregación para la Educación Católica- que constituye su capítulo 11, y el anexo que contiene el texto íntegro de dieciocho de los documentos relacionados. Dado el carácter de esta breve recensión, no es posible intentar un análisis completo de los mismos, pero sí que serán aducidos en algunos momentos en apoyo de las conclusiones a que, a mi parecer, lleva el importante trabajo de investigación histórica, todavía inédito, pero que sería muy deseable y hasta urgente que fuese impreso y publicado. Para utilidad de los estudiosos, y, dada la naturaleza del trabajo, me refiero a su contenido y a la documentación que aporta como si se tratase ya de un libro de público conocimiento. No pretendiendo, pues, un estudio exhaustivo del libro, sino sólo llamar la atención del lector sobre el alcance de la investigación en él contenida, me atrevo a sugerir algunos puntos a mi parecer decisivos para la comprensión del sentido de las XXIV Tesis, y para la orientación adecuada acerca de las cuestiones y polémicas suscitadas en tomo a ellas.
Carácter disciplinar de la aprobación de las XXIV Tesis
Las circunstancias del ambiente del Pontificado de San Pío X, su enérgica actitud frente a los errores del modernismo, y la insistencia en presentar la doctrina filosófica de Santo Tomás como algo de cuya separación no podrían sino seguirse graves detrimentos para la ciencia sagrada, fueron motivo de que la aprobación de las XXIV Tesis fuese interpretada como una imposición doctrinal en materias opinables. Imposición que habría sido después corregida o suavizada en los pontificados sucesivos. Pero he aquí que la investigación de que nos ocupamos aporta un dato capital. Las Tesis tomistas estaban ya redactadas en 1910, pero no fueron presentadas a la Congregación y aprobadas por ésta sino cuatro años después. El principal redactor de las tesis, el jesuita Mattiussi, escribía en 1911 a otro colaborador en la misma tarea, también jesuita, el Padre Leonardi:
«Creo que el intento ha fracasado porque el acto estaba preparado con demasiada autoridad, con lo que entraba directamente el Papa mismo. Ahora, esto es excesivo; el Papa no puede comprometer su palabra en tesis que son disputables dentro del seno de la Santa Iglesia. Por el contrario podría la Congregación de los Estudios hacerlo; porque entonces se trataría de una ley práctica y no se haría entrar la infalibilidad pontificia».
(Nota 2.- P. 110, nota 144).
Hubo, pues, conciencia en quienes más de cerca colaboraron con San Pío X de que no se quería hacer un acto de autoridad doctrinal en aquellas materias filosóficas. La aprobación se hizo efectivamente cuatro años después en la forma y por la institución aludida por Mattiussi. En un artículo publicado en La Civiltà Cattolica en 1914, leemos:
«No se trata aquí de un documento dogmático en el que se determine alguna verdad como perteneciente a la fe y a las costumbres, o se condene algún error contrario. No se pronuncia censura alguna a nadie que sienta de otro modo de cuanto se enuncia en las tesis, y ni siquiera encontramos en este documento un acto o decreto disciplinar que imponga la obligación de atenerse a él, ¿de qué se trata pues? De una simple, a la vez que autorizada, aprobación con la que no se sentencia de la verdad o falsedad de las tesis propuestas, ni de su mayor o menor probabilidad, pero ciertamente se declara que contienen los principios y las enunciaciones más importantes, de la doctrina\par de Santo Tomás de Aquino, sobre todo en el orden metafisico».
»Pero se engañaría totalmente quien, ateniéndose a la índole de las tesis [...] en gran manera disputadas entre no pocos de los insignes doctores católicos, quisiese sacar el argumento para insinuar que mejor haría la Iglesia si callase sobre tales cuestiones [...] Una cosa es no imponer, no definir, y otra el callar del todo, de modo que ni siquiera manifieste las propias preferencias, y abstenerse de dar sugerencias y consejos [...] Quien conozca cuánto importa para la Teología que la metafisica del Angélico Doctor sea sostenida en su integridad y perfección en las escuelas, no puede pensar que la Iglesia se deba mostrar indiferente, o neutral por decirlo así, en cuanto a que los principios más fundamentales de la doctrina de Santo Tomás sean entendidos o no en su sentido; pues hay que recordar el principio de la Lógica: de dos proposiciones contradictorias, necesariamente una es verdadera y la otra es falsa».
(Nota 3.- La Civilta Cattolica LXV (1914) 706-709).
El carácter del acto de 1914 es el de una
interpretación auténtica de normas disciplinares que
establecían que los estudios filosóficos eclesiásticos se
inspirasen en la doctrina de Santo Tomás. Es de notar también
que el documento a que inmediatamente se refiere la aprobación
de las XXIV Tesis, el Motu proprio Doctoris Angelicí (29.VI.l914)
se promulgaba sólo «para Italia y sus islas adyacentes».
(Nota 4.- Cfr. AAS VI (1914) 384-386)
Ninguna contradicción hubo pues al ratificarse en 1916, en el Pontificado de Benedicto XV que:
«Todas aquellas XXIV tesis expresan auténtica doctrina de Santo Tomás, y propónganse como normas directivas seguras».
(Nota 5.- AAS (1916) 157).
Precisamente en este punto el estudio de Enrique Miguel Aguayo nos ofrece en los documentos numeros 14, 15, 16 y 20 el testimonio auténtico de la mente de Benedicto XV. El propio Papa ordenó que se añadiese la palabra tutae (seguras) para calificar las tesis como normas directivas y expresó a la Congregación su mente con estas palabras:
«Normas seguras directivas que ciertísimamente contienen la doctrina de Santo Tomás y que expresan la preferencia de la Santa Sede en la enseñanza. Cuando se dice preferencia, no se dice precepto».
(Nota 6.- Incluido en el documento 14, p. 269).
Los documentos inéditos ahora conocidos no dejan lugar a dudas sobre el intento de Mattiussi, que él afirmaba haber fracasado, y la convicción de quien en definitiva sería el que con su consejo determinaría y orientaría la forma en que las tesis serían aprobadas y promulgadas: Luis Billot, el profesor tomista jesuita creado cardenal por San Pío X en 1911. En las primeras redacciones, ofrecidas a la atención del Papa en 1910 por el Padre Mattiussi, se habla de:
«Afirmaciones principales de la Filosofia que, según la doctrina de Santo Torás, absolutamente impuesta en la Pascendi y en el Motu Proprio Sacrorum Antistitum, han de ser enseñadas y defendidas en las Escuelas y principalmente en los Seminarios».
En una carta al Papa, de 16 de noviembre de 1910, en que le presenta las Tesis dice:
«He procurado que algo que sea propio de Santo Tomás, no admitido por todos (especialmente por Scoto y Suárez), se contenga en cada una de las Tesis».
(Nota 7.- Documento 5A, pp. 218-219).
Esto explica el carácter propio, dirigido a
discernir la metafísica de Santo Tomás frente a la de otros
autores escolásticos, que se ha advertido siempre en las XXIV
tesis.
(Nota 8.- Alonso Getino, O.P., «El Centenario de Suárez»: La
Ciencia Tomista LXXII (1947) 381-390. A este artículo se añaden
venticuatro tesis de Francisco Suárez, opuestas a las de Santo
Tomás, que fueron elaboradas por un ilustre profesor jesuita
anónimo. ).
En las tesis redactadas por Billot se habla de «Puntos capitales de la metafísica de Santo Tomás, propuestas a modo de normas a los profesores de Filosofia y Teología, según la mente de S. S. Pío X» (se citan también los mismos documentos que en el listado de Mattiussi). El propio Billot siente especial preocupación por el cumplimiento en la Compañía de Jesús de lo establecido por León XIII en las Letras Apostólicas Gravissime Nos, es decir, por el efectivo doctorado de Santo Tomás en la Compañía. Así escribe:
«Los superiores, debidamente amonestados, y removido ya todo equívoco, tendrían un criterio para proveer en lo futuro, preparando y eligiendo los que sean fieles a Santo Tomás, de manera que en lo sucesivo no sea ya la misma propensión a la doctrina del Angélico razón para que alguien sea removido de la Cátedra, sino por el contrario, como hubiera debido ser, sea razón para ser promovido a ella». (Nota 9.- Documernto 5C, p. 226.).
El carácter de la aprobación de las tesis -no
en un documento de magisterio doctrinal que las impusiese al
asentimiento especulativo de los filósofos y teólogos
católicos, sino en un acto disciplinar, a modo de
interpretación de lo preceptuado sobre la enseñanza, y
propuestas a modo de normas-, tantas veces atribuido a un segundo
momento, posterior a la muerte de Pío X, y realizado bajo el
pontificado de Benedicto XV, se inspiró precisamente en el
consejo de Billot, que entendía que la aprobación convenía que
se hiciese por la Congregación de Estudios, con conciencia clara
de no tratarse de un documento dogmático o doctrinal. De aquí
que ninguna consulta o información sobre las tesis se elevó al
Santo Oficio, la actual Congregación para la Doctrina de la Fe.
Pero hay que reconocer que en el Catecismo de la
Iglesia Católica promulgado el 11 de octubre de 1992,
en sus números 308 y 318, se recuerda que «es una
verdad inseparable de la fe en Dios creador que Dios
actúa en las obras de sus criaturas. Es la causa primera que
opera en y por las causas segundas. Y que «ninguna criatura
tiene el poder infinito que es necesario para crear en el sentido
propio de la palabra, es decir, de producir y dar el ser a lo que
no lo tenía».
(Nota 10.- Véase mi comunicación a la XXI Semana Tomista
Argentina (Buenos Aires, septiembre 1996), reproducida en
Cristiandad, núm. 78S-786 (XI-XII de 1996) 33-36).
Afirmaciones ambas evidentemente referentes al plano metafisico, a modo de verdad natural conexa necesariamente con la fe, y que aparecían como el contenido de la vigesimocuarta de las XXIV tesis.
El molinismo de los redactores de las tesis
La documentación aportada nos revela las convicciones de los redactores que definitivamente fueron responsables del texto de las veinticuatro tesis, todos ellos pertenecientes a la Compañía de Jesús.
Es digno de destacarse el hecho de que el
principal y más autorizado responsable, como consta por el
telegrama fínal de aprobación incluido en el documento n º 2,
(nota 11.- El texto del telegrama al Cardenal Billot del Prefecto
de la Congregación de Estudios, Cardenal Lorenzelli -«Apruebo
plenamente el texto reformado»- hace indudable la
responsabilidad última de Billot en la presentación de las
Tesis a la Santa Sede)
el Cardenal Billot, había redactado la tesis referida al libre
albedrío de la voluntad afirmando que se excluye cualquier
determinación ab alio.
(Nota 12.- Documento 5C, en la tesis 17, p. 228).
Posteriormente, él mismo creyó inoportunas sus expresiones «por muy graves razones que son patentes», y añadió:
«Lo más seguro sería utilizar las palabras mismas de Santo Tomás dejando a cada escuela el modo en que mejor\par pensase que podrían interpretarse».
(Nota 13.- Documento 6, p. 233).
Es claro que, conocido el ferviente molinismo
del tomista Billot, en cuanto a su decidido rechazo de la
«predeterminación física» y de los «decretos
predeterminantes»,
(nota 14: Puede verse expresada la critica de Billot a la
doctrina de la «predeterminación» ---critica que compartía
categóricamente Ramón Orlandis, S.I.--- en su De Deo
Uno et Trino, ed. 6ª, Roma 1920, pp. 204 a 209, en especial, en
la nota 1 de la p. 208), nos encontramos con que el tomista
jesuita iba a introducir entre los «principios y enunciados
mayores» de Santo Tomás la negación categórica de una
interpretación seguida desde siglos por la mayoría y casi la
generalidad de los que eran por antonomasia nombrados como
«tomistas».
Desde el planteamiento de las cuestiones de auxilis se tendió a aplicar el término «tomista» sólo a quienes profesaban las tesis que en aquellas disputas defendieron los teólogos dominicos en polémica con la obra del jesuita Molina. Así encontramos en Gredt:
«El Tomismo y el Molinismo se oponen contradictoriamente, y así entre uno y otro sistema no se da término medio. El Tomismo consiste esencialmente en la doctrina de la predeterminación física; el Molinismo consiste esencialmente en la negación de la predeterminación; de cuya negación, por necesaria consecuencia, se sigue la ciencia divina media».
(Nota 15.- Elementa philosophiae aristotelico-thomisticae, n. 877,2, ed. 9a, Barcelona, 1951).
Desde esta perspectiva -que a veces ha sido motivo de que algunos insignes dominicos hayan sido considerados también como contaminados de «molinismo»- quedarían descalificados como eclecticismos inconsistentes sistemas como el del insigne Doctor de la Iglesia San Alfonso María de Ligorio.
Es obvio que quedarían excluidos de la escuela tomista todos los autores de la Compañía de Jesús. A ellos alude principalmente el propio Gredt al escribir:
«Algunos molinistas conceden una cierta premoción, pero indiferente para la voluntad libre, y por la cual la voluntad ciertamente sería premovida, pero no predeterminada infaliblemente a poner una acción. Pero todos los tomistas admiten la premoción y la predeterminación, y por cierto fisica, es decir, por la parte de la causa eficiente».
(Nota 16 Ibid., n. 839,2).
En todo caso, a la expresa afirmación, en la tesis nº 24, de que «ningún agente creado influye en el ser de efecto alguno sin recibir la moción de la primera causa», no se le añadió ninguna matización o precisión «bañeciana», y se dejó verdaderamente abierta la posibilidad de que se sintiesen fieles a Santo Tomás los tomistas de la Compañía de Jesús, que rechazaban la «predeterminación fisica» y reconocían la existencia de una «ciencia media».
En la terminología de la
«escuela tomista» antes aludida, habría que
incluir entre los molinistas a todos aquellos eminentes
escritores jesuitas que, en tiempos del venerable Pío IX, en las
páginas de La Civiltà Cattolica, a partir de 1853, o
en la Universidad Gregoriana, por mandato de León XIII, a partir
de 1884, influyeron decisivamente en la restauración de la
doctrina de Santo Tomás en la Iglesia.
(Nota 17.- Véase Eudaldo Forment, «Los fundadores de La
Civiltà Cattolica y la restauración de la
filosofia tomista», en Atti del VIII Congresso
Tomista Internazionale, Libreria Editrice Vaticana, Città del
Vaticano 1981, vol VIII, pp. 449-455).
(Nota 18.- El ejercicio por León XIII de su autoridad para
exigir a la Universidad Gregoriana la fidelidad a la doctrina de
Santo Tomás, que supuso el desplazamiento de los profesores no
tomistas, y el nombramiento de Billot y de Maria, así como de
Comoldi y otros procedentes del grupo de La Civiltà
Cattolica, fue evidentemente la respuesta al decreto núm.
18 de la Congregación General XXIII de 1883.Véase más adelante).
También habría que incluir entre estos
molinistas a «la gran figura» del P. Ramón Orlandis Despuig (18731958),
la fecundidad de cuyo magisterio tomista, que ejercía entre
laicos, en el seno del Apostolado de la Oración y al servicio
del Reinado del Corazón de Cristo, es ahora internacionalmente
reconocida.
(Nota 19.- Sobre el Padre Ramón Orlandis, S.I., véase Cristiandad,
núm. 331 (IX 1958); 708-709 (IV-VI 1990). Véase
también Eudaldo Forment, «El Magisterio Tomista del P.
Orlandis, S.I., apóstol del Corazón de Jesús»:
Doctor Communis XLVIII (1994) 43-71 y 155-174).
Es un hecho muy significativo que la presentación a la Santa Sede, y solicitud de aprobación de las tesis, fuese casi exclusivamente un empeño de los tomistas de la Compañía de Jesús. La documentación aportada es decisivamente orientadora para poner en claro las motivaciones profundas del gesto de los tomistas jesuitas.
Motivaciones de la presentación de las tesis
Leemos en el estudio de Enrique Miguel Aguayo,
refiriéndose al jesuita Serafino Sordi, y apoyándose
principalmente en trabajos de Paolo Dezza: «Mérito de Sordi es
haber perseverado siempre en la enseñanza de la doctrina de
Santo Tomás, a pesar de tener que ir casi siempre contra
corriente: Dezza describe el ambiente mayoritariamente adverso a
santo Tomás que existía entre los jesuitas de su época. Esto
le costó muchas veces ser trasladado a diversas ciudades apenas
empezaba a formar un grupo de estudiantes y profesores
interesados por las obras del Aquinate».
(Nota 20.- P. 22).
Apoyándose también en Paolo Dezza, se refiere nuestro autor al hecho del silencio de casi veinte años que mostró Mateo Liberatore, el insigne maestro jesuita, en cuanto a la expresión en sus obras de las doctrinas propias del Doctor Angélico, que sólo a partir de 1853 afirmó abiertamente en las páginas de La Civiltà Cattolica:
«La explicación está en la índole de los tiempos, desfavorable al autor para confesión abierta de la doctrina tomista, ya que en los ambientes jesuitas, empezando por el Colegio Romano, el tomismo, mas que ignorado, era atacado y perseguido».
(Nota 21.- El autor se apoya también en el estudio de Eudaldo Forment, «Los fundadores de La Civiltà Cattolica y la restauración de la filosofia tomista», cit., pp. 444 ss., que incluye también en la bibliografía. Véase también Eudaldo Forment, «El neotomismo anterior a la Aetemi Patris»: Cristiandad, núm. 586-587 (I-II 1980) 18-25).
Serafino Sordi y Mateo Liberatore pertenecen a una generación de jesuitas tomistas que pusieron en marcha el movimiento ya desde la primera mitad del siglo XIX. El estudio de Miguel Aguayo nos lleva ahora a los tiempos posteriores a la encíclica de León XIII Aeterni Patris (4.8.1879):
«Buena parte del renacimiento tomista del siglo XIX se debe al trabajo y tesón de algunos profesores de la Compañía de Jesús, pero, paradójicamente, fue el Colegio Romano, más tarde Universidad Gregoriana, uno de los lugares donde el programa propuesto por la encíclica leonina encontró mayores resistencias. Esta situación motivó la intervención del Papa, hacia 1884, quien quiso que en la Universidad Gregoriana se reuniesen los mejores estudiosos de Santo Tomás que tuviese la Compañía; así, fueron llamados como profesores de Teología y Filosofia Anselmi, Billot y De Maria, entre otros».
(Nota 22.- Pp. 44-45).
Que la situación se mantenía más o menos idéntica ya en el pontificado de San Pío X puede verse también en un escrito pro memoria presentado al Papa en 1907:
«En lo que respecta a la Universidad Gregoriana, parece urgente alguna intervención no sea que en breve sea removido de la cátedra el Padre Billot, como en la mayoría de los escolasticados de la Compañía fueron removidos ya de tiempo atrás todos aquellos de nuestros profesores que se habían mostrado afectos a Santo Tomás».
(Nota 23.- Documento 4, pp. 216-217).
Una actitud que parece impulsar las actitudes
defensivas y recelosas frente a la doctrina de Santo Tomás de
Aquino es un deseo de diferenciación respecto de la escuela
tomista dominicana. Los mismos que, desde la terminología
que hemos encontrado en Gredt, y que representa la
tradición llamada por los molinistas «bañecianismo»,
eran vistos como «molinistas», desde los sentimientos
predominantes entre los jesuitas tendían a ser considerados
precisamente como «bañecianos». Y se juzgaba, por lo mismo,
que había motivos para impedirles su enseñanza.
(Nota 24.- Cfr. las cartas del Padre Roothaan al Padre Tapparelli,
de 13 de enero de 1833, y al Padre Liberatore, de 25 de febrero
de 1837, Epistolae. Ioannis Phil. Roothaan. Roma 1940, vol III,
carta 377 [pp. 141-142] y carta 381 [pp. 146-148]. Véase mi
trabajo «El Padre Roothaan y Mateo Liberatore (Notas
para la historia del tomismo)», Cristiandad, núm. 1975 52 ss.).
Se relacionan con esto los equívocos acerca de
la doctrina preceptiva en la Compañía en las cuestiones sobre
la gracia y la libertad humana.
(Nota 25.- Véase mi trabajo «Gracia y salvación», en Ministerium
Verbi. Estudios dedicados a Monseñor Héctor Aguer en
ocasión del XXV aniversario de su ordenación sacerdotal,
editados por M. E. Sacchi, Basilea, Buenos Aires 1997, pp. 241-256).
Con confusiones de planos y con equívocos doctrinales que se habían hecho ya inveterados, venía a ignorarse que, como advirtió Pesch:
«El criterio de la fidelidad a la doctrina de su Orden es para los teólogos de la Compañía el rechazo de la predeterminación fisica».
(Nota 26.- En Zeitschriftj für katholische Theologie XXXIII (1909) 92, cit. por E. Vansteenberghe, «Molinisme»: DThC X/2 2172).
Los términos que concluyen en ismo casi nunca
son precisos. El «molinismo», que podria significar el sistema
doctrinal contenido en la obra de Malina, ha significado también
la posición oficial en la Compañía, que durante siglos ha
prohibido en sus enseñanzas la doctrina de la predeterminación
física y de los decretos predeterminantes. Pero en este sentido
son molinistas autores opuestos en muchos puntos a Molina, como
el Doctor de la Iglesia San Roberto Belarmino,
que combatió las interpretaciones de Báñez, pero que sostuvo
la tesis de la premoción, que entendía ser la auténticamente
fiel a Santo Tomás de Aquino, y que en el plano teológico se
oponía, con la misma decisión que a la tesis de la
«predeterminación fisica», a la que hacía depender la
eficacia de la gracia de la operación del libre albedrío humano;
entendía que si aquella suprime la gracia suficiente,
la segunda suprime la gracia eficaz.
(Nota 27.- Cfr. J. de Blic, «Jesuites»: DThC VIII/l 1027; y E.
Vansteenberghe, art. cit., ibid. 2171 nota 25).
Por la efectiva vigencia del Doctorado de Santo Tomás en la Compañía de Jesús
Si comparamos las aportaciones del estudio de
Enrique Miguel Aguayo con un estudio de Bertrand de Margérie, S.I.,
sobre las letras apostólicas Gravissime Nos, de 30 de
diciembre de 1892, comprenderemos la necesidad que sintieron
aquellos tomistas, profesores en Facultades y Universidades de la
Compañía, de hallar el camino aunténtico de interpretación de
las normas vigentes en la Compañía de Jesús, de nuevo
confirmadas por el Papa León XIII.
(Nota 28.- En ocasión del centenario de estas Letras
Apostólicas de León XIII, Bertrand de Margérie, S.I., publicó
un trabajo muy documenteado en Doctor Communis XLV (1992)
núm. 45. El redactor del documento fue el Cardenal Mazzella
trabajando sobre una documentación preparada por Giusseppe Pecci
(1807-1890), hermano del Papa León XIII, discípulo de Serafin
Sordi, que hubo de salir de la Compañía de Jesús en 1848. En
su muerte se le concedió profesar de nuevo en la Compañía. Fue
el primer presidente de la Pontificia Academia Romana de Santo
Tomás).
En la Congregación general XXIII, reunida el año 1883, mientras el Decreto n° 15 expresaba la plena adhesión de la Compañía de Jesús a las orientaciones de la Encíclica de León XIII Aeterni Patris (de 4 de agosto de 1879), en el Decreto nº 18 se establecía que:
«Para favorecer la unión y la concordia de los espíritus, los profesores y estudiantes de teología y filosofía debían evitar una confianza excesiva en su propio juicio, y no enseñar ligera y temerariamente como la doctrina verdadera y legítima de Santo Tomás, interpretaciones nuevas y puramente subjetivas, antes bien tengan en gran estima y consulten con diligencia aquellos probados y eximios doctores de la Compañía, cuya alabaza está en la Iglesia; doctores que han merecido ser recomendados por los pontífices romanos y por hombres de gran erudición, como discípulos de Santo Tomás, muy adictos a este maestro, como intérpretes serios del mismo, e incluso como luminares de la Santa Iglesia».
(Nota 29.- Cfr. DthC VIII/l 1038. Véase en el documento núm. 13 (carta de G. Sinibaldi, Secretario de la Congregación de Estudios, pp. 250-268), en especial los datos referidos en las pp. 254, 257 y 258).
Pocos años después, León XIII en las Letras Apostólicas Gravissime Nos de 30 de diciembre de 1892 establecía:
«No intentamos disminuir de modo alguno los méritos de los preclaros escritores que han surgido a lo largo de los siglos en la Compañía: se trata de una gloria de familia, que ha de ser guardada y conservada, de tal manera que todos -y los miembros de la Compañía en grado máximo- tengan en gran estima y consulten con diligencia aquellos probados y eximios doctores de la Compañía cuya alabanza está en la Iglesia (Congr. Gen. XXIII, decr. 18)».
«Pero hay que precaverse de que el prestigio de que gozan tan eximios autores, y la misma solicitud con que se atienda a sus escritos, más que ayuda que contribuya a cultivar la doctrina verdadera de Santo Tomás, venga a ser obstáculo a la unidad de la doctrina; pues esta unidad en modo alguno ha de esperarse, a no ser que los discípulos de la Compañía de Jesús se adhieran a un solo autor, aquel ya aprobado, y únicamente acerca del cual está establecido que sigan a Santo Tomás y le tengan como a su Doctor propio».
«Nos alegramos de que, en la Universidad Gregoriana, a la que hemos consagrado nuestros pensamientos y no pocas solicitudes, esto se realiza de modo plenamente satisfactorio con nuestros deseos y preceptos, y por esto mismo la vemos floreciente por el número de sus alumnos y por el prestigio de su doctrina recta y sólida. No faltarán ciertamente tan estimables frutos, dondequiera que se imparta la enseñanza por quienes tengan el mismo objetivo y estén nutridos por el mismo afán».
(Nota 30.- El texto de las Letras Apostólicas Gravissime Nos, promulgadas en las ASS, se incluye integramente en el documento 1, pp. 202-208. ).
Hay que reconocer que lo preceptuado por León XIII no coincidía, por lo menos en su extensión universal, con lo explícitamente deseado por él. León XIII mandó\par ciertamente que en la Universidad Gregoriana se enseñase\par la doctrina de Santo Tomás, y el modo cómo la entendía el Papa se ve claro no sólo por sus palabras no porque, además de ordenar el nombramiento de profesores tomistas, ordenó también el cese de eminentes suaristas como el español Urráburu.
Pero respetó León XIII la vigencia efectiva de la tradición suarista prácticamente en todos los países e instituciones de la Compañía de Jesús en la que estaba vigente. El Prepósito general de la Compañía, Luis Martín, declaraba:\
«La tesis de la distinción real entre esencia y existencia, así como la tesis contraria, es libre en la Compañía, y a cada uno le está permitido seguirla y enseñarla, aunque con esta doble condición: 1) Que no se haga de ella como el fundamento de toda filosofía cristiana, ni se afirme que es necesaria para demostrar la existencia de Dios y sus atributos, su infinitud, etc., o para explicar e ilustrar debidamente los dogmas; 2) que no se censure con nota alguna a aquellos aprobados y eximios Doctores de la Compañía cuya alabanza está en la Iglesia».
(Nota 31.- La aprobación pontificia de las disposiciones del P. Martín consta por una audiencia de Benedicto XV al P. Wladimiro Ledochowski de 9 de marzo de 1915, en la que el Papa aprueba nuevamente la respuesta y da testimonio de que le consta que fue dada con aprobación de León XIII. Cfr. La Civilta Cattolica LXVIII (1917) 65).
El resultado de las letras apostólicas de León XIII sobre la profesión de la doctrina de Santo Tomás en la Compañía, no fue de hecho el predominio del tomismo ni la desaparición de la tradición suarista, que el Papa tenía en gran estima pero que advertía que podía perturbar de hecho la unidad de la doctrina.
La insistencia posterior en la libertad de opinión, la menor atención a las «recomendaciones» pontificias, y en la Compañía de Jesús, la menor atención al Doctorado propio de Santo Tomás de Aquino, fueron causa de que no se obtuviesen los resultados queridos por el Papa León XIII en ninguna de las dos dimensiones apuntadas. Ni se ha mantenido aquel patrimonio doctrinal que era como una gloria de familia, ni se obtuvo tampoco la unidad doctrinal a partir de la enseñanza de Santo Tomás de Aquino.
Se fustró así la que era ciertamente la intención subjetiva -el finis operantis- de la presentación de las tesis a la Santa Sede, y que era también la mente de León XIII y de Pío X: hacer efectivo en la Compañía de Jesús el reconocimiento de Santo Tomás como su Doctor propio.
A veces un sedicente tomismo, tal vez con la
actitud del que llamaba «tomismo farisaico» el
P. Ignasi Casanovas, S. I., parece haber sido instrumento de
seculares hostilidades «galicanas», «jansenistizantes», y
más tarde «modernistas» contra el gran
teólogo de la Contrarreforma y defensor de la autoridad
pontificia, el Doctor Eximio.
(Nota 32.- Escribió José M. Dalmau, S.I. («Suárez Doctor
Eximio y piadoso»; Cristiandad , V, nº 107 [1.IX.1948]
382-387): «La autoridad científica del eximío la repudíó el
modernismo [...] El teólogo por excelencía del modemísmo, el
exjesuita Jorge Tyrrell, se distinguió por esta fobia a la
escolástica, sobre todo a la escolástica de Suárez (al
principio aún a pretexto de un seudo-tomismo)».
Por otra parte, la ambigua presentación de Francisco Suárez, o como discípulo óptimo de Santo Tomás, o como creador de un sistema metafisico propio, a veces elogiado como opuesto radicalmente al aristotelismo, y calificado como «savia precursora del pensamiento filosófico moderno»
(Nota 33.- Véase el preámbulo del Decreto de 30 de enero de 1948, firmado por José Ibáñez Martín, en que se establece la conmemoración del centenario de Suárez, cit. en Cristiandad, núm. 469-470\par (1970) 84-85).
desdibujó y debilitó las normas ratificadas
por León XIII. Estas tenían su origen en el propio carisma de
San Ignacio de Loyola, que estableció en las Constituciones de
la Compañía de Jesús que ésta debía seguir en Teología a
Santo Tomás y en «Lógica, Filosofía natural y moral» la
Filosofía de Aristóteles.
(Nota 34.- Constitutiones Societatis Iesu IV c. 14 núm. 1 y 3.
Por «filosofia natural», siguiendo la tradición aristotélica,
se entiende también la Metafisica y no sólo la
Filosofia de la naturaleza).
En las últimas décadas, a cierto recelo «antitomista» escolástico, con frecuencia fervientemente suarista y ultramontano, ha sucedido el antiescolasticismo que caracterizó la «teología nueva», la «teología de la liberacióm>, y que ha llevado a lo que muchos consideran, con entusiasmo cuasi profético, el definitivo fin de la Escolástica.
La iluminada prudencia del santo Pontífice Pío X
Del estudio de Enrique Miguel Aguayo surge una luz nueva para importantes puntos de la historia de la Iglesia en nuestro siglo. El acto de 1914 bajo Pío X fue realizado con conciencia de que no se pretendía dar un decreto doctrinal, pero sí con el propósito de que la enseñanza filosófica en los seminarios y facultades eclesiásticas pudiese realizarse con fidelidad sincera y auténtica a la doctrina del Doctor Angélico.
Pío XII habló de «la mirada de largo alcance» del Santo Pontífice, y de «la iluminada prudencia que no falta nunca a los santos», al hacer su elogio en el acto de su beatificación. Dijo entonces Pío XII:
«Por su persona y por su obra, Dios quiso preparar a la Iglesia para los nuevos y arduos deberes que los tormentosos tiempos futuros le reservaban, preparar oportunamente una Iglesia concorde en la doctrina, sólida en la disciplina, eficiente en sus Pastores; un laicado generoso, un pueblo instruido, una juventud santificada desde sus primeros años, una conciencia cristiana atenta a los problemas de la vida social [...] Hoy se hace manifiesto cómo todo su pontificado estuvo sobrenaturalmente dirigido por un designio de amor y de redención».
(Nota 35.- AAS XXXIII (1951) 468-476).
Con perspectiva auténticamente profética había dicho San Pío X en su encíclica Pascendi (8.IX.1907):
«Queremos que los que enseñan estén firmemente advertidos de que el apartarse del Doctor de Aquino, principalmente en las cuestiones metafisicas, no se hará nunca sin grave detrimento».
(Nota 36.- ASS XL (1907) 596 ss.).
Como criterio práctico de aplicación de aquella advertencia, establecía en las letras apostólicas Sacrorum Antistitum (l.IX.19l0):
«Queremos y expresamente mandamos que la Filosofía escolástica sea establecida como fundamento de los estudios sagrados. Y lo que es capital, que la Filosofía escolástica seguida sea principalmente la enseñada por Santo Tomás de Aquino».
(Nota 37.- ASS XXXIII (1951) 468-476).
Cuatro años después, en un documento disciplinar dirigido a Italia y sus islas adyacentes, el Motu proprio Doctoris Angelici (29.IV.1914), expresaba con claridad enérgica su propósito:
«No habiendo escrito la palabra únicamente, creyeron algunos que no se oponían a nuestra voluntad si en las materias enseñadas en Filosofía por cualesquiera de los doctores escolásticos, aunque sus enseñanzas se contrapusieran a los principios de Santo Tomás, optaban indistintamente por ellas».
«Pero su parecer les ha engañado grandemente. Porque es claro que al proponer a Santo Tomás como principal guía de la filosofía escolástica, queríamos entender esto sobre todo de los principios del santo en cuyos fundamentos descansa toda su fílosofía».
«Lo que en la filosofía de Santo Tomás es capital (quae sunt capita) no ha de ser tenido entre las opiniones sobre las que es lícito disputar en sentidos opuestos, sino que ha de ser considerado como los fundamentos en que se apoya toda la ciencia de las cosas naturales y divinas».
«Una vez conmovidos, o de algún modo pervertidos tales fundamentos, se sigue necesariamente que los alumnos de las disciplinas sagradas ni siquiera entiendan el signifícado de las palabras con las que el Magisterio de la Iglesia propone los dogmas revelados por Dios».
«De aquí que quisiéemos que todos los que se dedican al Estudio de la Filosofía o de la Teología estuviesen advertidos de que al apartarse de Santo Tomás especialmente en las cuestiones metafísicas, no se hará nunca sin grave detrimento. Y ahora declaramos esto: que no sólo no siguen a Santo Tomás, sino que se apartan lejos de él los que interpretan perversamente o desprecian absolutamente los puntos que en su fílosofía son principios y enunciados mayores (principia et pronuntiata maiora)».
(Nota 38.- ASS VI (1914) 336-341).
La recomendación preferente de la doctrina de Santo Tomás en el Magisterio Pontificio
La aprobación de las XXIV Tesis fue una
respuesta a una consulta que buscaba la interpretación
auténtica y autorizada de las nonnas disciplinares del documento
de San Pío X. Se reconoció por la Santa Sede que aquellas tesis
eran «principios y enunciados mayores del Doctor Angélico».
Pero, como hemos visto antes, los que las presentaron lo hacían
con la conciencia de tratarse de doctrinas ciertamente propias de
Santo Tomás, pero que se referían a puntos discutidos durante
siglos en las escuelas sin que se hubiese formulado hasta
entonces algún juicio pontificio sobre su confirmación o
condenación. Tampoco esperaban ni solicitaban, al presentar las
tesis, como se ve por la citada carta de Mattiusi de 1911, una
decisión doctrinal sobre su verdad especulativa, o sobre su
conexión necesaria con la doctrina católica, sino únicamente
una confinnación de su autenticidad como principios metafisicos
de Santo Tomás de Aquino. Las declaraciones de los Papas
posteriores no derogaron, sino que reafirmaron, el que había
sido el contenido verdadero del decreto de aprobación de las
veinticuatro tesis. Benedicto XV elogió, en 29 de octubre de
1916, a la Orden de Predicadores «por no haberse apartado ni un
ápice de la doctrina de Santo Tomás de Aquino».
(Nota 39.- Carta del 29 de octubre de 1916 del Papa Benedicto XV
al R.P. Theissling, O.P.: AAS VIII (1916) 397).
Ciertamente que, con anterioridad, en 9 de
marzo de 1915, el propio Papa había aprobado la libertad que en
las escuelas de la Compañía se reconocía tanto para la
afinnación como para la negación de la tesis de la distinción
real entre la esencia y la existencia en las criaturas».
(Nota 40.- En aquella audiencia el Papa Benedicto XV,
refiriéndose a la disposición del Padre Luis Martín antes
citada (cfr. nota 31) afirmó: «Sabemos que la respuesta del
Padre Martín fue dada conforme a la mente de León XIII, por lo
cual la aprobamos y la hacemos totalmente nuestra» (La Civiltà
Cattolica, lugar citado en la mencionada nota).
Y en 19 de marzo de 1917, Benedicto XV aprobaba
en su carta Quod de fovenda, la carta dirigida a la
Compañía de Jesús por el Prepósito general Wladimiro
Ledochowski titulada De doctrina Sancti Thomae in Societate
magis magisque fovenda.
(Nota 41.- Acta Romana S.I. IX (1917) 318 ss. Esta carta,
de gran extensión, constituye el documento 121 de la «carpeta»
estudiada por Enrique Miguel Aguayo, pero no la reproduce en el
anexo de documentos. En caso de publicarse el trabajo sería
indispensable la inclusión de la mencionada carta así como de
la del papa Benedicto XV que contiene la aprobación de la misma).
El Papa Pío XI, en la encíclica Studiorum
Ducem (29.VI.I923), a la vez que de nuevo afirmaba la
libertad en las materias disputadas en las escuelas católicas,
ratificaba el elogio formulado por Benedicto XV acerca de la
doctrina de la Orden Dominicana y recordaba que todos los hijos
de la Iglesia habían de proceder de modo que en verdad pudiesen
llamar a Santo Tomás su Maestro, y «que al honrar a Santo
Tomás se honra en verdad a la misma autoridad del magisterio
eclesiástico».
(Nota 42.- AAS {\fs17 XV (1923) 323 ss).
Pío XII, en un discurso en la Universidad Gregoriana, enseñaba:
«No se confunda la doctrina católica y las verdades naturales con ella conexas, reconocidas por todos los católicos, con los propios elementos y los conceptos peculiares por los que se diferencian entre sí los varios sistemas filosóficos y teológicos que se encuentran en la Iglesia...».
«Los varios sistemas de doctrina a que la Iglesia permite adherirse, han de estar de acuerdo absolutamente con todo aquello que había sido conocido con certeza por la filosofia antigua y por la cristiana desde los primeros tiempos de la Iglesia».
«Pero este conjunto de conocimientos no han sido expuestos por ningún otro Doctor de un modo tan lúcido, tan claro y perfecto, ya se atienda a la recíproca concordancia de cada una de las partes, ya a su acuerdo con las verdades de la fe, y a la esplendidísima coherencia que con éstas presentan, ni ninguno ha edificado con todos ellos una síntesis tan proporcionada y sólida, como Santo Tomás de Aquino».
(Nota 43.- Discurso de Pío XII en el cuarto centenario de la Universidad Gregoriana, en 17 de octubre de 1953: AAS XLV (1953) 684-686).
Aquello en que «han de estar de acuerdo absolutamente los varios sistemas a que la Iglesia permite adherirse», y que pertenece a lo conocido con certeza por la filosofia antigua y la cristiana, coincide con lo que San Pío X denominaba como «aquello que en Santo Tomás es capital», y acerca de lo cual precisaba que no ha de ser contado entre las opiniones discutibles por tratarse del fundamento de toda ciencia verdadera acerca de las cosas naturales o divinas.
Las XXIV tesis, «principios y enunciados mayores del Doctor Angélico», no coincidían, ni en la intención de los que las presentaron, ni en la mente de San Pío X, con aquellas verdades ciertas y fundamentales de las que no es lícito disputar porque son el fundamento de toda ciencia verdadera. Pero Pío XII, después de distinguir con claridad las verdades conexas necesariamente con la doctrina católica, de las características de diversos sistemas teológicos y filosóficos admitidos en la Iglesia, afirma explícitamente que sobre aquellos puntos para todos obligatorios nadie ha edificado una síntesis tan armónica y coherente como la de Santo Tomás de Aquino.
Parece obvio que las XXIV tesis se proponen «a
modo de normas directivas seguras» porque contienen algunos
puntos característicos de aquella síntesis elogiada por Pío
XII como la más coherente y armónica, edificada por Santo
Tomás de Aquino sobre aquellos fundamentos ciertos que son en
Santo Tomás lo capital de su doctrina filosófica. Creo que las
palabras pontificias han de ser interpretadas en el sentido de
los que han afirmado que la doctrina de Santo Tomás es
preferentemente recomendada por la autoridad de la Iglesia
jerárquica.
(Nota 44.- Véanse los trabajos de Jaime Bofill:
«¿Filosofia escolástica o filosofia tomista?»: Cristiandad,
núm. 23 (I.III.1945) 110-112; y de Francisco
Canals Vidal, «Sobre la recomendación de la doctrina
filosófica de Santo Tomás por el Magisterio de la Iglesia, ibid.,
núm. 239 (1.III.1954) 69-76).
El estudio que comentamos refuerza muy notablemente esta afirmación, por la aportación de documentos inéditos de significado decisivo, y que dan una luz nueva sobre puntos importantes para la historia de la Iglesia en nuestro siglo.
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... contó con la
protección del Pontificado, con revistas dedicadas
a su difusión, con el respeto de nuestros enemigos.
Ahora bien: Si la aportación hispánica; la italiana; la
germánica de
Kleutgen, por ejemplo, a la escolástica ranaciente es ya
conocida y
reconocida de todos, suele en cambio negarse a Francia
participación
en los inicios de esta corriente que arrastrará a la Iglesia
entera.
Esta opinión debe rectificarse. Aunque
fuera tan solo, en efecto,
por la prócer figura de ENRIQUE RAMIÈRE, es preciso afirmar que
También Francia participó en
la iniciación de la neoescolástica:
la aportación del P. Ramière ..................
Jaime Bofill Bofill
Vid. ¿Filosofía escolástica o filosofía tomista? II, Jaime Bofill ..¿Filosofía escolástica o filosofía tomista? I, Jaime Bofill
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......Santo
Tomás de Aquino.....Algunas tesis características de la síntesis
filosófica de Santo Tomás [81 tesis tomistas propuestas por
Canals en 2003 en RIIAL, incluyendo las 24 de 1914 y las 27 de
2001]
........La síntesis filosófica de santo Tomás de
Aquino [y 27 tesis tomistas suplementarias propuestas por Canals
en 2001]
...Las
veinticuatro tesis [1914] y la síntesis tomista
....Génesis histórica de las veinticuatro tesis
tomistas....El neotomismo italiano en la
restauración escolástica
..Sobre la recomendación de la
doctrina de santo Tomás.
....................Canals, el mejor teólogo y filósofo del siglo XX. .Textos del Padre Orlandis.....Textos de Canals en la revista Cristiandad de Barcelona.E.Textos de Canals...artículos de Cristiandad de Barcelona..Textos......INDEX.