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La Guerra de la Independencia en España (1808-1814) y la introducción en ella del liberalismo

Napoleón ya había decidido invadir España e imponer en ella a su hermano José como rey, al considerar inseguros aliados a Carlos IV y Godoy y fáciles de derribar.
En el motín de Aranjuez cree ver una facilidad añadida.

Napoleón, tras el motín de Aranjuez,
hace ir a Francia a Carlos IV y a Fernando VII, les obliga a abdicar
y reúne en Bayona una "Asamblea de Notables" españoles, que aceptan como rey a José I
y aprueban la
Constitución de Bayona de 1808.

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La crisis de 1808

En 1807, Francia firma con España el Tratado de Fontainebleau por el que se permite la entrada en España de tropas francesas para invadir Portugal. Secretamente Napoleón quería ocupar también España, derribar el gobierno de Godoy y eliminar la monarquía borbónica de Carlos IV.
En 1808, las tropas francesas van entrando en España para invadir Portugal, pero van ocupando también las plazas fuertes españolas.
En el motín de Aranjuez (17/19 de marzo de 1808): se produce la caída de Godoy y el destronamiento de Carlos IV por Fernando VII, que se proclama rey de España. Napoleón ya había decidido invadir España e imponer en ella a su hermano José como rey, al considerar inseguros aliados a Carlos IV y Godoy y fáciles de derribar.
En el motín de Aranjuez cree ver una facilidad añadida, hace ir a Francia a Carlos IV y a Fernando VII, les obliga a abdicar (mayo de 1808) y establece como rey de España
a José I con un sistema liberal moderado basado en la Constitución de Bayona de 1808. (Textos: Las abdicaciones de Bayona, el "nombramiento" de José I por Napoleón y la imposición de la Constitución de Bayona

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Inicio de la Guerra de la Independencia en España (1808-1814)

El pueblo español inicia, el 2.05.1808 en Madrid, la insurrección contra la ocupación francesa y contra el gobierno de los afrancesados, que son los que apoyan a José I. La sublevación popular es de ideas tradicionales (religiosas, patrióticas y monárquicas). El ejército y una parte de las clases superiores se unen a la insurrección popular y llega la alianza con Inglaterra, que siempre buscaba aliados de tierra. Se inicia así en España la Guerra de la Independencia (1808-1814).

El Archivo Histórico Nacional digitaliza documentos e imágenes sobre la Guerra de la Independencia

Aspectos militares de la Guerra de la Independencia (1808-1813)

Esquema

1. Sublevación popular de ideas tradicionales (religiosas, patrióticas y monárquicas).
El pueblo español inicia la insurrección contra la ocupación francesa y contra el gobierno afrancesado (el 2.05.1808 en Madrid).
El ejército y una parte de las clases superiores se unen a la insurrección popular.
Alianza con Inglaterra.

2. Guerra de ejército contra ejército en campo abierto.

3. Guerra de guerrillas.

4. Victoria del ejército hispanoinglés que desaloja a los franceses ya en 1813: desaparece el sistema político afrancesado.

"Batalla de Medellín, bien carita nos costó, pero en Arroyomolinos el francés nos la pagó".

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Redacción completa

En 1807, Francia firma con España el Tratado de Fontainebleau por el que se permite la entrada en España de tropas francesas para invadir Portugal. Secretamente Napoleón quería ocupar también España, derribar el gobierno de Godoy y eliminar la monarquía borbónica de Carlos IV.
En 1808, las tropas francesas van entrando en España para invadir Portugal, pero van ocupando también las plazas fuertes españolas.
En el motín de Aranjuez (17/19 de marzo de 1808): se produce la caída de Godoy y el destronamiento de Carlos IV por Fernando VII, que se proclama rey de España. Napoleón ya había decidido invadir España e imponer en ella a su hermano José como rey, al considerar inseguros aliados a Carlos IV y Godoy y fáciles de derribar.
En el motín de Aranjuez cree ver una facilidad añadida, hace ir a Francia a Carlos IV y a Fernando VII, les obliga a abdicar (mayo de 1808) y establece como rey de España
a José I con un sistema liberal moderado basado en la Constitución de Bayona de 1808. (Textos: Las abdicaciones de Bayona, el "nombramiento" de José I por Napoleón y la imposición de la Constitución de Bayona)

Pero el pueblo español inicia, el 2.05.1808 en Madrid, la insurrección contra la ocupación francesa y contra el gobierno de los afrancesados, que son los que apoyan a José I. La sublevación popular es de ideas tradicionales (religiosas, patrióticas y monárquicas). El ejército y una parte de las clases superiores se unen a la insurrección popular y llega la alianza con Inglaterra, que siempre buscaba aliados de tierra. Se inicia así en España la Guerra de la Independencia (1808-1814).

Al principio en una guerra de ejército contra ejército en campo abierto, inicialmente victoriosa para España que vence en la batalla de Bailén (19.07.1808), en Despeñaperros como la batalla de Las Navas de Tolosa. Es la primera derrota en campo abierto del ejército napoleónico, rompe el mito de su invencibilidad y anima a los otros países a luchar de nuevo.

Napoleón, al frente personalmente de un enorme ejército, la Grande Armée, invade España y derrota a las tropas españolas, entrando en Madrid. Deja a sus mariscales la terminación y ocupan toda España, excepto Cádiz. Pero el pueblo español sigue la lucha en forma de guerra de guerrillas, lo que obliga a Francia a tener un enorme ejército en España, con enormes pérdidas que le hace sufrir la España combatiente, a costa de sufrir atrocidades inmensas.

Napoleón ocupa también los Estados Pontificios en 1808 y el papa Pío VII le excomulga por ello en 1809. Tras lo cual, Napoleón da el espectáculo de hacer llevar a Francia prisionero al Papa. Todo ello intensifica en España la idea popular de que luchaban contra un poder anticristiano e intensifica la resistencia.

En 1812, Napoleón desencadena la Campaña de Rusia para cerrar el acceso de los barcos ingleses a los puertos rusos y entra en Moscú (14.09.1812); pero no consigue destruir al ejército ruso, porque éste retrocede constantemente sin presentar batalla. Y cuando Napoleón decide la retirada en medio del invierno ruso, hostigado por las tropas del zar pierde la Grand Armé (el Gran Ejército, que dirigía personalmente) .

Inglaterra aprovecha para organizar una nueva alianza, la Sexta Coalición (1813-1814) en la que se animan a entrar todos los países antes vencidos una y otra vez. Napoleón se ve obligado a sacar tropas de España, y empieza ser derrotado decisivamente por los guerrilleros, el ejército que ataca otra vez en campo abierto y los refuerzos que envía Inglaterra, todos ellos al mando del futuro duque de Wellington. Antes de acabar 1813,

La revolución liberal e independentista en Iberoamérica (1810-1825)

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Aspectos políticos de la Guerra de la Independencia (1808-1814):
introducción del
liberalismo por encima de las ideas tradicionales.

(Texto 1: Carta de 1809 del general Horace Sebastiani, General en Jefe del 4º Cuerpo del Ejército Francés, a Jovellanos)

Fernando VII a su regreso en 1814 suprime el sistema liberal, que no se impondrá hasta la 1ª Guerra Carlista (1833-1840), tras otro intento en 1820.
(
Las Constituciones españolas).

El historiador inglés Martin Hume, en su Historia del pueblo Español, escribe:

"Los teóricos de Cádiz, en medio de una Babel de elocuencia, dieron a España una Constitución completamente extraña a los ideales y a la tradición española, y reformaron en el papel de arriba abajo, toda la vida del país".
"Con la guerra desencadenada en la mayor parte de la Península, los 184 diputados, en su mayoría intrusos, que se habían nombrado a sí mismos, no eran en ningún sentido representantes del pueblo, y la Constitución de Cádiz constituía un desafío al Rey y al pueblo".

Espoz y Mina, luego liberal furibundo, entonces se negó a cumplir la orden recibida de Cádiz en octubre de 1812 de jurar y hacer jurar la Constitución en Navarra. Y en 1814 la hizo fusilar.
José María Iribarren, en su historia de Espoz y Mina escribe: "A finales del año 12 nadie pudo prever el alcance y las consecuencias de la Constitución votada en Cádiz, y la cantidad de pronunciamientos y luchas, de lágrimas y sangre que, andando el tiempo, habría de costar".

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La Constitución de Cádiz de 1812

Confesionalidad católica solemne, pero desactivada por el parlamentarismo absoluto: la autoridad en materia moral no es la de la Iglesia. La de las Cortes es absoluta.

La proclamación de la confesionalidad católica del Estado en constituciones liberales, como la Constitución de Cádiz de 1812 quedaba desactivada, inconsecuente e inoperante, porque es dentro del parlamentarismo, que proclama al Parlamento como la autoridad suprema y última y no reconoce la autoridad de la Iglesia sobre la moralidad de las leyes. Esto es lo que diferenciaba a los realistas y a los liberales, pese a ser ambos confesionales y monárquicos. Si no, no se entiende la diferencia entre ellos. Siendo así que liberales y realistas consideraban mutuamente diametral esa diferencia hasta enfrentarse en la guerra de 1822-23 y en las guerras carlistas. Estas diferencias explican los planteamientos críticos acerca de la constitución de 1876 por parte de Vázquez de Mella, el principal formulador del carlismo. Vázquez de Mella es precisamente el que especifica que la Costitución de 1876, la supremacía de las Cortes hacía estéril la confesionalidad que exhibía.

Los políticos liberales establecían la confesionalidad no como el cumplimiento del deber de los pueblos y Estados de honrar y obedecer a Dios y a su Iglesia, sino como imponiendo a los súbditos la obligación de respetar la "religión del Estado".

Confesionalidad desactivada, inconsecuente e inoperante: la religión católica era proclamada como religión oficial del Estado, según la letra de las constituciones, pero las leyes y la política, es decir la vida pública, no recibían su forma ética del espíritu católico. Así lo expresaron los arzobispos españoles en una carta dirigida al Papa Pío XI en 1931 tras la caída del régimen de la Restauración, basado en la Constitución de 1876.

La confesionalidad católica tan solemnemente expresada en la Constitución de Cádiz de 1812 no se debe a la enorme cantidad de eclesiásticos que hay en las Cortes de Cádiz. Se debe al deseo de acallar las críticas del pueblo sobre el radicalismo liberal de esas Cortes y su legislación, porque es una confesionalidad desactivada por el parlamentarismo absoluto: la autoridad en materia moral no es la de la Iglesia, sino la de las Cortes, que toman sus decisiones sin acatar la autoridad de la Iglesia sobre la moralidad de las mismas. Entre esos eclesiásticos que son diputados también sobreabundan los liberales.

Estado confesional inconsecuente. La confesionalidad desactivada por el parlamentarismo. Como ocurrió con el Estado que establecen los liberales en España en el XIX. La Constitución de Cádiz de 1812 establece la confesionalidad tajantemente de una forma triplemente reafirmada. Pero no engañaba a nadie. Los realistas se alzarán en armas contra ese Estado en 1822. Los teólogos y predicadores denunciaban el anticristianismo de esa Constitución y de las siguientes.

"La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra" (Artículo 12, Constitución de Cádiz de 1812).

"En todos los pueblos de la monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles" (Artículo 366, Constitución de Cádiz de 1812).

Confesionalidad: la religión del Estado es la católica (Nación es sinónimo de Estado en la terminología que imponen los liberales). Además es más solemne la proclamación, ya solemnizada al llamarle apostólica y romana a la religión además de católica.

Triplemente subrayada la confesionalidad:

  1. Será perpetuamente confesional el Estado, no sólo lo era en aquel presente.
  2. Prohíbe el Estado el ejercicio de cualquier otra religión. No hay tolerancia de cultos, que es no admitir ni siquiera el ejercicio privado de otra religión. Y eso impuesto por los liberales en su Constitución más radical, dicen.
  3. Y encima proclama que es la única religión verdadera. Para más INRI, porque ya se iniciaba el proceso de descristianización que extiende el liberalismo inaugurado precisamente con esta Costitución de Cádiz de 1812, como con la Constitución de Bayona de 1808.

Confesionalidad desactivada por el parlamentarismo absoluto:

"La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales" (Artículo 3, Constituciíon de Cádiz de 1812).

Lo mismo en las Constituciones liberales siguientes que establecen la confesionalidad del Estado, pero desactivada por el parlamentarismo, que es la soberanía absoluta de los que controlan el parlamento en nombre del Pueblo Soberano.

La Constitución de Bayona de 1808:

"La religión Católica, Apostólica y Romana, en España y en todas las posesiones españolas, será la religión del Rey y de la Nación, y no se permitirá ninguna otra" (Artículo 1, Constitución de Bayona de 1808).

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En Navarra se caracteriza así la sublevación de los realistas contra la imposición en 1820 otra vez de la Constitución de Cádiz de 1812:

"El día 11 de diciembre de 1821 formará época memorable en los anales de Navarra. Entonces fue cuando los católicos realistas de este Reyno salieron al campo diciendo con los Macabeos: "Más vale que muramos en la guerra, que ver tantos males como padece nuestra gente". Entonces juraron defender hasta morir los intereses de Dios, los derechos del Rey y las leyes patrias del suelo natal"
(Andrés Martín, cura de Ustárroz: Historia de la Guerra de la División Real de Navarra contra el intruso sistema llamado constitucional. 1825).

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Los realistas son de ideas tradicionales:
Las ideas tradicionales parten de que la libertad y de la justicia sólo se pueden conseguir si se basan en la religión, en la Iglesia Católica; mientras que los liberales, aunque son católicos, lo basan todo en el poder del Parlamento en nombre del Pueblo Soberano, de la Nación, como poder supremo.
Los realistas defienden los fueros frente al centralismo de los liberales, que han reducido a Navarra de reino a provincia.
Los liberales les llaman absolutistas, pero los liberales suprimen las Cortes de Navarra y todos sus fueros. También los de las Vascongadas.
Mientras que los realistas proclaman la defensa de los fueros de Navarra, de Vascongadas e incluso los de Cataluña, suprimidos desde los decretos de Nueva Planta del XVIII.

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Uno de los protagonistas del golpe militar revolucionario de 1820 en nombre de la Constitución de Cádiz de 1812, reconocía años después el escaso apoyo popular con el que contaban y el protagonismo de la masonería y otras sectas secretas en la acción que les llevó a adueñarse del poder:
"La revolución de España había sido obra de la conjuración de unos pocos y de la quietud y asombro de la muchedumbre, y la nueva forma de gobierno establecida no descansaba ni en la opinión general ni en el interés de clases poderosas, y antes teniendo mucho contra sí, había menester algo que la mantuviese trabada y sólida, y este algo podía encontrarse en el interés y aun en las pasiones de secta. Fuerza es aquí anticipar una opinión, no tanto encaminada a disculpar ciertos errores, aunque a ello también propenda, cuanto a explicar las causas de donde nacieron y que los perpetuaron, siendo bueno entender que sólo por medios forzados y vituperables se mantienen las situaciones violentas. En 1820, los constitucionales en España eran pocos, y para aumentar su número era indispensable crear un núcleo considerable de sectarios" (Memorias de D. Antonio Alcalá Galiano, 2ª parte, cap 5. T II, pág 68. BAE).

La cristalización de la independización de Hispanoamérica.

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  • El golpe militar de 1820.
    El teniente coronel Riego sublevó a los soldados de su batallón en Cabezas de San Juan (Sevilla) con la promesa de que la proclamación, ahora el 1 de enero de 1820, de la Constitución de Cádiz de 1812 apaciguaría la insurrección de América y haría innecesaria la guerra de la que así se librarían los soldados:
    "a vosotros os arrebatan al paterno seno, para que en lejanos y opuestos climas vayáis a sostener una guerra inútil, que podría fácilmente terminarse con sólo reintegrar en sus derechos a la nación española. La Constitución, ¡sí, sólo la Constitución basta para apaciguar a nuestros hermanos de América!”
    (Esto era dejar solos a sus compañeros de armas que combatían en América al lado de los realistas americanos contra los insurrectos respaldados por Inglaterra; porque la revolución que así contribuyó Riego a imponer en España en realidad estaba destinada a incrementar la insurrección en América, hasta triunfar lógicamente y consolidar allí el poder de la oligarquía criolla mediante el separatismo. Fue una traición a España en beneficio de los que mandaban en Inglaterra y en beneficio de la oligarquía que ya mandaba en lo que en el futuro se llanmará latinoamérica a cuyos sectores populares así explotarán aún más abusivamente).
  • La insurrección de Riego en Cabezas de San Juan, 1820, instigada desde las logias masónicas de Gibraltar por cuenta de la logia Lautaro de los insurrectos americanos independentistas, para entorpecer el envío de tropas españolas a combatirles, desencadena, por la dinámica del trinomio miedo + simpatía + interés, el triunfo de la revolución liberal en España, que impera durante el Trienio Constitucional o Liberal (1820-23) con la proclamación en 1820 de la Constitución de Cádiz de 1812 (Las Constituciones españolas).

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Otras características de la Constitución de Cádiz de 1812

Soberanía Nacional. División de poderes. Parlamentarismo. La doctrina del Pueblo Soberano o de la Soberanía Nacional establece la soberanía como un poder absoluto ejercido por los representantes del Pueblo en virtud del parlamentarismo.

  • Sufragio universal, aunque indirecto (a. 35).
  • No se reconoce el derecho de asociación, aún no se ha impuesto el sistema de partidos políticos, máscara de la apariencia de pluralidad, porque en el liberalismo inicial la "voluntad general" en nombre de la Nación no admite discrepancia, es un partido único. En el futuro, el pensamiento único de lo políticamente correcto es común en los partidos de la situación.
  • Confesionalidad católica solemne, pero desactivada por el parlamentarismo absoluto: la autoridad en materia moral no es la de la Iglesia. La de las Cortes es absoluta. (La Unidad Católica en la historia constitucional contemporánea española)
  • Nacionalismo españolista. Centralismo. Navarra reducida de reino a provincia. Vascongadas sin fueros autonómicos.
    El liberalismo establece el centralismo de todos los poderes en "la Nación", sinónimo de Estado monolítico.
  • Supresión de los estamentos
    mediante la proclamación de "la igualdad de todos ante la ley"
    y ya antes mediante la convocatoria de las Cortes de Cádiz como monocamerales sin distinción de estamentos.
    La supresión de la sociedad estamental da paso en el liberalismo a la sociedad de clases, diferenciadas por su nivel económico.
    La igualdad es sólo ante la ley, los pobres son proclamados iguales que los ricos, que los oprimen y los expolian mucho más que antes.
  • Lo que el liberalismo económico o capitalismo proclama como "sagrada" es la propiedad.
  • La tierra era el gran negocio desde el XVIII. Había una gran apetencia de tierras desde entonces. La unilateralidad de la fisiocracia de los ilustrados se explica por esa apetencia que había puesto de moda la tierra. Y desde la Ilustración se propugnaba la desvinculación de los mayorazgos y la desamortización de las tierras de la Iglesia y de las comunales. Todo ello lo realiza ahora el liberalismo ya desde el gobierno afrancesado y desde las Cortes de Cádiz.
  • Todo ello es para lucrarse los que hacen la revolución liberal en beneficio propio, en nombre del Pueblo con mayúscula eso sí. Porque en nombre de ese Pueblo con mayúscula al que proclaman como Pueblo Soberano con un poder mucho más absoluto que el de los monarcas del despotismo ilustrado, podrán ellos ser los dueños del poder político y del económico.
  • La supresión de los señoríos jurisdiccionales en nombre de la igualdad, se inicia con el Decreto de 1811 de las Cortes de Cádiz, y es definitiva desde 1837, y adjudica la propiedad de todo el territorio del señorío a los nobles, que ya no tendrán en él la jurisdicción, sino la propìedad de todas las tierras del señorío, incluyendo aquellas tierras en las que sólo tenían la jurisdicción, no la propiedad los señores jurisdiccionales.
  • Sociológicamente la revolución liberal en España la realizan en gran parte aristócratas, porque no hay aún más que una muy escasa burguesía. La burguesía será principalmente consecuencia de la revolución liberal. La escasa burguesía preexistente se ve incrementada por la aristocracia aburguesada y sobre todo por los nuevos ricos de la revolución liberal, que después serán dotados abundantemente de títulos nobiliarios, que no se suprimen por el hecho de que se supriman los estamentos y los señoríos jurisdiccionales, sino que se multiplicarán incesantemente en la Edad Contemporánea en una proporción de diez a uno.

  • En nombre del Pueblo Soberano, al pueblo se le despoja
    • de las tierras que tenía en los señoríos,
    • de las comunales
    • y de las que cultivaba en aparcería en las desamortizadas propiedades de la Iglesia.
  • Pero a los nobles se les permite disponer de sus mayorazgos desvinculados y de las tierras de los señoríos que no eran suyas.

El historiador inglés Martin Hume, en su Historia del pueblo Español, escribe:

"Los teóricos de Cádiz, en medio de una Babel de elocuencia, dieron a España una Constitución completamente extraña a los ideales y a la tradición española, y reformaron en el papel de arriba abajo, toda la vida del país".
"Con la guerra desencadenada en la mayor parte de la Península, los 184 diputados, en su mayoría intrusos, que se habían nombrado a sí mismos, no eran en ningún sentido representantes del pueblo, y la Constitución de Cádiz constituía un desafío al Rey y al pueblo".

Espoz y Mina, luego liberal furibundo, entonces se negó a cumplir la orden recibida de Cádiz en octubre de 1812 de jurar y hacer jurar la Constitución en Navarra. Y en 1814 la hizo fusilar.
José María Iribarren, en su historia de Espoz y Mina escribe: "A finales del año 12 nadie pudo prever el alcance y las consecuencias de la Constitución votada en Cádiz, y la cantidad de pronunciamientos y luchas, de lágrimas y sangre que, andando el tiempo, habría de costar".

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Consecuencias de la Guerra de la Independencia

Navarra tenía antes de la revolución liberal

 

 

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Los afrancesados son el grupo de españoles que colaboraron con el gobierno de José Bonaparte durante la Guerra de la Independencia, no simplemente los miembros la administración que se limitaron a acatar a José Bonaparte. Hay toda una serie de grados intermedios. Los afrancesados por convicción ideológica, eran partidarios de la revolución con orden, como los ilustrados de los que proceden. Ven en el sistema bonapartista el encauzamiento de la Revolución Francesa por esos cauces de orden.

(Fuente: Wikipedia)

De los 150 notables que designó Napoleón para acudir a Bayona a aceptar a José Bonaparte como rey de España y la Constitución de Bayona de 1808, acudieron 91.

Fueron afrancesados

El poeta y jurista Menéndez Valdés fue nombrado por José Bonaparte  miembro del Consejo de Estado. Murió en el exilio en 1817.

Alberto Lista, uno de los principales redactores del prestigioso semanario El Censor, defensor de las tesis conservadoras de los afrancesados. Lista años más tarde sería el director de la Gaceta de Bayona y de la Estafeta de San Sebastián.

Sebastián Miñano, promotor junto con Alberto Lista, de los periódicos la Gaceta de Bayona y su sucesora la Estafeta de San Sebastián, órganos oficiosos de los absolutistas «reformistas».

 Pedro Sáinz de Andino fue el autor del Código de Comercio de 1829.

 Félix José Reinoso, autor del Examen de los delitos de infidelidad a la Patria, imputados a los españoles sometidos bajo la dominación francesa (1816), la obra «cumbre de la literatura afrancesada».

Javier de Burgos

 Manuel Silvela García de Aragón, que al exiliarse, fundó en Burdeos, un colegio español que sería muy conocido. Murió en Francia en 1832.
Su hijo Francisco Agustín y sus nietos Manuel, Luis y Francisco Silvela, alcanzaron una notable importancia en la España del siglo XIX y primeros años del XX. Francisco Silvela fue jefe del partido conservador, tras el asesinato de Cánovas en 1897 y publicó en 1898 el famoso artículo Sin pulso tras el desastre.

El gobierno nombrado por José I estuvo compuesto por los siguientes ministros:

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